Aplicación del procedimiento monitorio por el artículo 318: mis argumentos a favor de la tesis planteada por la jueza Andrea Díaz-Muñoz en relación a que el ilícito debe ser considerado una falta y no simple delito. Por Mario Quezada

Aplicación del procedimiento monitorio por el artículo 318: mis argumentos a favor de la tesis planteada por la jueza Andrea Díaz-Muñoz en relación a que el ilícito debe ser considerado una falta y no simple delito. Por Mario Quezada

Por Mario Quezada. Jefe de Estudios Defensoría Regional de O´Higgins. Hace unos días apareció en este medio una columna escrita por la Sra. Jueza del 4° Juzgado de Garantía de Santiago doña Andrea Díaz-Muñoz, en que analiza el artículo 318 del CP modificado por la Ley...
Otras consideraciones para determinar si el ilícito contemplado en el artículo 318 al ser requerido en monitorio constituye una falta o un simple delito. Por Andrea Díaz-Muñoz

¿Jurado para Chile? Por Andrea Díaz-Muñoz

Por Andrea Fabiola Díaz-Muñoz Bagolini. Abogada de la Universidad de Chile, Máster en Derechos Fundamentales de la U. de Jaén, jueza preferente de Responsabilidad Penal Adolescente y jueza titular del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago. Las últimas controversias...