Se mantiene el criterio de imprescriptibilidad en materia civil: Fisco es condenado a pagar $20 millones a víctima de detención ilegal y tortura en 1984

Jul 1, 2020 | Sentencias

El demandante estuvo preso por un año, sin un debido proceso, y posteriormente fue exiliado a Australia.

Andrés López Vergara, En Estrado.

Siguiendo el criterio del fallo dado a conocer ayer en que se condenó al Estado a pagar $ 200 millones a una hija de un detenido desaparecido, el Vigésimo Primer Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda en contra del Fisco y ordenó indemnizar con $20 millones a una víctima de detención ilegal y torturas en 1984.

El demandante fue apresado por agentes estatales en mayo de ese año y sometido a torturas en diversos centros de detención. En 1985 fue dejado en libertad provisional, sin haber sido sometido a proceso, exiliándose finalmente en Australia en 1988.

En la sentencia (causa rol 41.789-2018), la magistrada Patricia Castro Pardo rechazó la excepción de prescripción planteada por el Fisco, ordenándole reparar a la víctima de crímenes de lesa humanidad perpetrados por agentes de Estado.

“Al efecto, ha de señalarse que en la especie, no se trata de una acción de naturaleza meramente patrimonial, sino de una acción reparatoria en el ámbito de violación a los Derechos Humanos en crímenes de lesa humanidad, que se rige por preceptos del Derecho Internacional que consagran la imprescriptibilidad. Ello, por cuanto la fuente de la obligación de reparación del Estado se funda no sólo en la Constitución Política de la República, sino también en los principios generales del Derecho Humanitario y los Tratados Internacionales, los que deben primar por sobre las normas civilistas internas”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “De otra parte, la aplicación de la prescripción del Derecho Privado en este caso lesionaría valores fundamentales, desde el punto de vista jurídico como moral, toda vez que la aludida institución constituye un amparo para el ente estatal y, por lo mismo, su aplicación en el campo del Derecho Público importaría soslayar el deber del Estado de cumplir sus fines propios, dejando en el desamparo a las personas, lo que se traduce en una negación de sus Derechos Fundamentales, tales como la vida e integridad física, precisamente por quien es el obligado a resguardarlos. Luego, por un principio de coherencia jurídica, la imprescriptibilidad debe regir tanto en el ámbito civil, cuanto en el ámbito penal”.

 

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