La investigación especial N° 827-2025 del ente fiscalizador expuso contrataciones a dedo, comisiones de servicio al margen de la ley y el caso de un funcionario que trabajaba en un municipio paralelo a su jornada educacional, incluso estando con licencia médica.
La Contraloría Regional de Valparaíso ordenó la instrucción de un procedimiento disciplinario al interior del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Valparaíso, tras la emisión del Informe Final de Investigación Especial N° 827-2025. La auditoría, que fiscalizó las operaciones ejecutadas entre enero de 2024 y mayo de 2025, sacó a la luz una serie de severas falencias en la administración de personal, procesos de selección al margen de los concursos públicos y un descontrol en la custodia de los recursos fiscales.
El cobro de $247 millones durante la suspensión
Entre los hallazgos de mayor gravedad del organismo de control destaca la excesiva e injustificada dilación en la resolución del procedimiento de remoción de un exdirector ejecutivo del servicio. Pese a encontrarse suspendido de sus funciones desde el año 2022, la autoridad continuó recibiendo remuneraciones continuas hasta el 16 de marzo de 2026, desembolsando la repartición estatal un total de $247.557.391 en pagos líquidos en favor del directivo inactivo.
Sobre esta anomalía, la Contraloría remarcó en el dictamen que la permanencia de los desembolsos obedeció a la “dilación en el procedimiento administrativo de suspensión y remoción”, enfatizando que el servicio debe ajustar sus actuaciones a los “principios de control, eficiencia y eficacia previstos en los artículos 3° y 5° de la ley N° 18.575, así como el deber de resguardo del patrimonio público”.
Doble función, licencias médicas y fallas de control horario
La investigación especial desnudó además graves grietas en el control de asistencia y jornada laboral de la institución. En particular, los auditores constataron el caso de un funcionario que prestó servicios de forma simultánea en el SLEP de Valparaíso y en la Municipalidad de La Calera. La fiscalización identificó coincidencias directas entre sus actividades municipales y su horario en el servicio educativo, registrándose incluso su asistencia a reuniones laborales durante abril de 2024 mientras se encontraba haciendo uso de licencia médica.
Frente a esta situación, el órgano contralor fue categórico al señalar que el episodio dejó al descubierto “debilidades en los mecanismos de control de asistencia, al detectarse reiteradas justificaciones por falta de marcación, registros manuales incompletos e inasistencias sin respaldo adecuado”, ordenando incorporar estos hechos al sumario administrativo para fijar las responsabilidades de las jefaturas.
Contrataciones directas y comisiones de servicio al margen de la ley
En materia de reclutamiento, el informe objetó seis contrataciones directas para la administración central que fueron justificadas mediante argumentos genéricos, tales como “por razones de buen servicio”, “garantizar o asegurar la continuidad operacional” o “formación y experiencia del contratado”. A juicio del ente fiscalizador, el servicio incurrió en faltas al no acompañar “antecedentes suficientes que acreditaran la necesidad excepcional de prescindir de un concurso público”. De igual forma, en la llegada de dos profesionales para un programa institucional se omitieron procesos de selección “públicos, transparentes e inclusivos, conforme a perfiles previamente definidos”.
A estas anomalías se sumó el uso indebido de las figuras de destinación, al verificarse que funcionarios contratados para desempeñarse en aulas o colegios fueron enviados desde el primer día a dependencias centrales. El reporte enfatizó de manera explícita que “tratándose de docentes, la legislación vigente no contempla la figura de comisión de servicio”, mientras que en el caso de los asistentes de la educación la destinación inmediata requiere “fundamentos específicos, verificables y debidamente acreditados”. Varios de estos comisionados permanecieron en el nivel central por más de un año, excediendo los topes normativos.
Retrasos de hasta 149 días y dudas en recursos SEP
El análisis de la gestión formal reveló que los actos administrativos de aprobación de contratos registraron severas demoras, tramitándose entre 41 y 149 días hábiles posteriores al inicio efectivo de los servicios. La Contraloría recordó a la autoridad que los artículos 3° y 8° de la Ley N° 18.575 y la Ley N° 19.880 imponen a los servidores públicos el deber de “actuar de propia iniciativa en el cumplimiento de sus funciones, procurando la rapidez y oportunidad de sus decisiones”.
Finalmente, la auditoría cuestionó el uso de fondos de la Subvención Escolar Preferencial (SEP) por carecer de acreditación suficiente sobre su destino final, así como regularizaciones extemporáneas en el pago de horas extraordinarias y contratos a honorarios, cuyos respaldos de actividades presentaban “descripciones genéricas y repetitivas, sin respaldo suficiente para acreditar la efectiva prestación de los servicios contratados”.




