¿Y si pasara en Chile? Los delitos en los que incurriría Bolsonaro tras dar positivo al Covid-19 y sacarse la mascarilla frente a los periodistas

Jul 9, 2020 | Entrevistas

Según explicó a En Estrado el abogado y ex fiscal Carlos Gajardo, la actuación del presidente de Brasil podría ser constitutiva del delito previsto y sancionado en el Artículo 318 del Código Procesal Penal, que castiga a quien pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.

Sorpresa causó a nivel internacional la actuación del presidente de Brasil Jair Bolsonaro luego que diera positivo al Covid-19, y en conferencia de prensa, confirmara su contagio y se sacara la mascarilla frente a los periodistas.

“Mírame la cara, estoy bien y tranquilo. Gracias a todos los que oran por mí”, dijo el Mandatario, en un acto en los que especialistas han calificado como “irresponsable”.

Tanto es así que la Asociación Brasileña de Prensa (ABI anunció a través de un comunicado, que presentaría una demanda contra el jefe de Estado, por poner en peligro la vida de los reporteros que acompañaron el anuncio de su positivo coronavirus.

Pero ¿y si pasara en Chile, la actuación del Presidente sería un delito?

Según explicó a En Estrado el abogado y ex fiscal Carlos Gajardo, “en nuestro país, la conducta desarrollada por Jair Bolsonaro estaría sancionada por la norma del Artículo 318 que sanciona al que pone en peligro la salud pública, toda vez que con su accionar, sabiendo que estaba contagiado de coronavirus, no respeta la cuarentena a la que tiene que estar sometido”.

“Además, expone a los periodistas que se encontraban presentes en el lugar, a ser contagiados, al interactuar con ellos sacándose la mascarilla, todo lo cual son hipótesis sancionadas en nuestro ordenamiento en el artículo 318 del Código Penal”, agregó el socio del Estudio Gajardo y Norambuena Abogados, enfatizando que, por estos hechos, en Chile el Mandatario arriesgaría una pena que va desde los 61 días a 3 años de presidio.

Carlos Gajardo, ex Jefe de la Fiscalía de Delitos de Alta Complejidad Oriente, socio del Estudio Gajardo y Norambuena Abogados.

 

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