Al verlo, el afectado buscó en las redes sociales la identidad de éste y aclaró que quien estaba en prisión no era el culpable.
Andrés López Vergara, En Estrado.
El pasado jueves, el Décimo Tribunal de Garantía decretó el sobreseimiento definitivo por inocencia de Luis, quien pasó siete meses preso por robo con violencia que no cometió.
Según la imputación realizada en la audiencia de control de detención de septiembre del 2019, Luis habría amenazado con un cuchillo a la víctima para quitarle un celular al momento de abordar un bus de locomoción colectiva. Luego, el afectado denunció en un retén el hecho y fueron detenidos Luis y su hermano Cristián, sindicando al primero como el principal sospechoso. Un factor que le jugó en contra es que Luis registraba antecedentes.
Los hechos presentados por la fiscalía a instancias del parte policial permitieron la formalización de robo con violencia y Luis quedó en prisión preventiva, en tanto Cristian con otras medidas cautelares
“En marzo de este año, la víctima realizó una presentación en la página web de la Fiscalía, dando cuenta de su sorpresa al encontrarse con la persona que lo atacó en la locomoción colectiva. Al respecto, la defensora penal pública Loreto León, indicó que la declaración resultó muy clara y absolutamente concordante con lo que ella expuso desde un principio ante el tribunal. Con estos nuevos argumentos se modificó la prisión preventiva por la de arresto domiciliario nocturno”, indica un comunicado de la Defensoría Metropolitana Sur.
La declaración
La víctima en su testimonio indica que “el día viernes 13 de marzo del presente año, a eso de las 19:00 horas, venia dentro del bus del recorrido 120, en dirección hacia mi casa, ubicada en la comuna de Lo Espejo, cuando me percaté inmediatamente que venía dentro del bus la persona que hace unos meses cometió el delito, Cristian. Él no se dio cuenta que yo me subí a la micro, debido a que él ya venía en la micro (sic). Busqué en la página de Poder Judicial los nombres de los dos imputados y los busqué en las redes sociales (Facebook) y definitivamente me di cuenta que la persona que cometió el delito fue Cristian, y no Luis”.
Agregó en su declaración que él tenía pensado que esa persona estaba en prisión, “pero por lo visto no es así, hay una persona que está en prisión injustamente. La persona que debería estar privado de libertad es la que cometió el delito CRISTIAN, en cambio la otra persona LUIS. no me causo absolutamente ningún daño. Espero se haga justicia. Hay una persona que esta injustamente privado de libertad”.
Con estos antecedentes se solicita una audiencia para modificar la prisión preventiva de Luis, el cual finalmente se cambió a arresto domiciliario nocturno en abril de este año: siete meses encarcelado siendo inocente. Luego de esto, la fiscalía decidió no perseverar, sin embargo la defensora Loreto León se opuso “pues significaba no dejar establecido de forma clara la inocencia de su representado, el cual además de sufrir además golpes por parte de Carabineros, fue atacado al interior del penal por otros internos, provocándole lesiones de consideración en piernas y torso. La jueza Silvia Caro del 10° Juzgado de Santiago, coincidió con la postura de la defensa y determinó que ‘pese a que el estándar del sobreseimiento por inocencia es más alto que una sentencia absolutoria, se debe bajar el estándar, siendo además claro lo señalado por la víctima, sumado a las irregularidades en el actuar de funcionarios policiales’”.
En tanto la persona que fue sindicada por la víctima como autor del delito fue considerado culpable y en los próximos días se conocerá la condena que se le aplique.