Tribunal ordena que se resguarde el culto rastafari de imputado en prisión

Mar 2, 2022 | Actualidad

El defensor penal público Pablo Villar presentó una cautela de garantía en favor de Dago P. (52), en relación con el respeto hacia sus creencias y aspectos de presentación. Esto, pues profesa el culto rastafari, del cual es uno de sus líderes más conocidos en el país.

El pasado fin de semana, en el Juzgado de Garantía de Puente Alto, fue formalizado Dago P., una reconocida autoridad del movimiento rastafari en Chile. El imputado fue detenido por su supuesta participación en los delitos de tráfico de estupefacientes y cultivo de cannabis sativa, situación que derivó en que se dictara la medida cautelar de prisión preventiva en su contra.

Una vez terminada la audiencia de formalización, familiares del detenido tomaron contacto con la Defensoría Local Cordillera-Maipo, para que se le designara un defensor institucional, nombramiento que recayó en Pablo Villar.

Dentro de las primeras medidas adoptadas por el defensor -luego de conversar con familiares y amigos del imputado-, se interpuso una cautela de garantías para que Gendarmería dispusiera medidas de cuidado en relación con permitirle preservar su pelo, barba y un gorro que cubre su cabeza, los cuales son aspectos propios de su seguimiento al culto rastafari.

La presentación judicial se fundó en el cumplimiento del artículo 19 de la Constitución Política de Chile, el que consagra la libertad de cultos y creencias, toda vez que su pelo, barba y “tam” (tradicional gorro que cubre su cabeza) son parte del culto rasatafari, del cual Dago P. es uno de sus cultores más reconocidos del país.

Igualmente, Gendarmería aceptó disponer de las medidas necesarias para dar cumplimiento con la alimentación de tipo vegana del detenido, asegurando la concurrencia de un profesional nutricionista que elabore una minuta de comida.

En los próximos días, el defensor Pablo Villar interpondrá los recursos judiciales necesarios para revertir la prisión preventiva al que está sometido su representado, y en cuyo caso de dictaron 120 días como plazo de investigación.

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