El Juzgado de Letras del Trabajo de la ciudad nortina condenó al suspendido conservador Álvaro Toledo por vulnerar la integridad psíquica de una exfuncionaria. El fallo destacó que el ambiente de hostilidad transformó el trabajo diario en una experiencia de “miedo y angustia” para la víctima.
El Juzgado de Letras del Trabajo de Calama dictó una sentencia de primera instancia que establece un duro precedente para la administración de justicia local al condenar al suspendido conservador de bienes raíces, comercio y archivero de la ciudad, Álvaro Toledo. La resolución judicial acogió la demanda presentada por una exfuncionaria que recurrió a la figura del autodespido el 18 de agosto de 2025, tras denunciar haber sido víctima de acoso laboral y sexual de manera sistemática por parte de su empleador.
El tribunal basó su decisión en la acreditación de una vulneración a los derechos fundamentales, específicamente en lo relativo a la integridad psíquica de la trabajadora. Para la magistratura loína, quedó establecido que los hechos denunciados no solo constituyeron acoso sexual, sino que generaron un daño profundo en la salud mental de la demandante, situación que fue validada mediante un peritaje psicológico que dio cuenta de un cuadro de “estrés permanente al estar en presencia de un agente agresor en su lugar de trabajo”.
En los fundamentos del fallo, la justicia laboral enfatizó que la situación experimentada por la funcionaria trascendió el ámbito estrictamente contractual. El tribunal determinó que Álvaro Toledo se extralimitó en sus facultades como empleador al convertir una actividad tan “diaria y civilizada” como concurrir a una oficina en una fuente de “miedo y angustia” para una persona que se encontraba en una situación de absoluta dependencia jerárquica. Por esta razón, el juez consideró procedente la reparación por daño moral, argumentando que el impacto de estas conductas afectó la vida de la víctima más allá del contexto del trabajo.
Como consecuencia de estas acreditaciones, la sentencia resolvió que el suspendido conservador deberá abonar una indemnización total de $25.137.500. Este monto global contempla la indemnización especial por vulneración de derechos, el daño moral, los años de servicio y las remuneraciones pendientes, entre otros ítems legales. Pese a la contundencia de las pruebas periciales expuestas en el estrado, el proceso aún podría sumar nuevos capítulos, ya que al ser un fallo de primera instancia, la parte demandada cuenta con la facultad de apelar para que el caso sea resuelto en cortes superiores.




