Tribunal Constitucional declara admisible requerimiento presentado por ME-O para recuperar su derecho a voto

Ago 4, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : progresistas.cl

Con esto, el Tribunal Constitucional rechazó la solicitud del CDE que tras hacerse parte de la causa en representación del Servel, pidió que se declarara inadmisible el requerimiento presentado por los abogados Ciro Colombara, Aldo Díaz y Carola Cotroneo en representación del excandidato presidencial.

En Estrado.

El Tribunal Constitucional –de manera unánime- declaró admisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Marco Enríquez-Ominami –a través de sus abogados Ciro Colombara, Aldo Díaz y Carola Cotroneo- que busca impugnar la norma incluida en la Ley 18.556 sobre el Sistema de Inscripciones Electorales y el Servicio Electoral respecto a que no podrán sufragar quienes hayan sido acusados por delitos sancionados con penas aflictivas, y de esta manera, recuperar sus derechos políticos y ciudadanos que le fueron suspendidos en el marco de la acusación en su contra por el denominado caso SQM.

De esta manera, el organismo deberá escuchar en los próximos días, los argumentos de todas las partes antes de resolver si acoge o no dicho requerimiento.

Según explicó Colombara, “la decisión unánime de la Primera Sala del Tribunal Constitucional es muy buena para nosotros y nos tiene muy satisfechos, no sólo porque acoge la admisibilidad, que es lo que solicitamos, sino porque obviamente rechaza la posición del Consejo de Defensa del Estado que se había opuesto –expresamente- a la admisibilidad”.

“Lo que viene ahora es en un plazo relativamente breve para que distintas instituciones del Estado de Chile manifiesten su posición frente a este caso, desde la perspectiva constitucional y del derecho internacional de los derechos humanos. Este caso no admite ninguna discusión”, agregó el abogado.

E insistió en su argumento respecto a que “no es posible, bajo ningún respecto, privar de derechos políticos a una persona sin que haya una sentencia condenatoria o haya habido un juicio”. En este caso, lo que hay es simplemente una actuación administrativa unilateral del Ministerio Público, que ha formulado una acusación respecto de la cual no tenemos ninguna duda, que al final será rechazada porque el señor Marco Enríquez-Ominami es inocente”.

Paralelamente, el líder del PRO recurrió a la Corte de Apelaciones, que ahora deberá pronunciarse sobre el recurso de protección contra el SERVEL.

Caso SQM

Luego que se conociera la decisión del Ministerio Público de no continuar investigando penalmente a 34 personas en el marco del denominado caso SQM, por no existir querella del Servicio de Impuestos Internos, su defensa –encabezada por Colombara y Carlos Mora- acusó a la fiscalía de actuar con “doble estándar”, argumentando que, en el caso del excandidato presidencial, ese criterio no fue utilizado.

“Contradictoriamente, en el caso del señor Enríquez-Ominami, el Ministerio Público –incluso- ha formalizado sin querella del Servicio, dándonos finalmente los tribunales, la razón en este punto”, insistió el abogado, agregando que “hoy día enfrentamos un juicio oral después de una investigación larguísima y lo único que constatamos es que ha habido un trato discriminatorio y un doble estándar”.

| LO MAS LEIDO