Transbank en la mira. Por Katherine Hyde

Oct 11, 2022 | Opinión

Katherine Hyde. Socia y Directora legal de Cisternas y Cia. Abogada de la Universidad Alberto Hurtado. Master en Litigación Oral en California Western School of Law.

A pesar del notable fallo de la Corte Suprema de fecha 8 de agosto del 2022 (Rol 82422-2021), que rechazó el esquema tarifario propuesto por Transbank al Tribunal de la Libre Competencia (TDLC), indicando que dicho sistema “exacerbaba su posición dominante generando incentivos para el aumento de tarifas y permite el surgimiento de barreras de entrada a nuevos actores”, la empresa Transbank informó a los comercios, a través de su pagina web y a través de comunicados, vía correo electrónico, el alza en las tarifas (MD) desde mediados de agosto, mediante el cobro de un Margen Adquirente (MA) fijo por cada transacción -uno para crédito y otro para débito y prepago-. Las tarifas cuestionadas por la Corte incluían un margen adquirente con valores máximos para los comercios, lo que fue considerado por la Corte como discriminatoria y carente de racionalidad económica.

La nueva alza de tarifas comunicadas por la empresa sería equivalente, según informa, al costo económico que Transbank tiene por desarrollar su actividad, indicando que dichos cambios “se verán reflejados en las liquidaciones del próximo mes”. En dicho comunicado, Transbank indica que “tiene la obligación” de cobrar un margen adquirente fijo, objetivo e igualitario que cumplirá con los parámetros indicados por la Exma. Corte”.

Recordemos que Transbank, el 12 de mayo del 2020, realizó una consulta al TDLC sobre las tarifas aplicables desde el 2021, pues en marzo del 2020 habría dejado de operar con el modelo “M3P”, para el cual había sido aprobado el plan de tarifas, y el nuevo modelo utilizado “M4P” se encontraba en una situación de desregulación”.

Ante dicha consulta, el TDLC en resolución nº 67/2021 del 21 de septiembre del 2021, indicó que sí cumplía. Sin embargo, la Exma. Corte Suprema, revisando los recursos de Reclamación presentados por varios comercios, falló rechazando el sistema tarifario propuesto por Transbank para el modelo “M4P” señalando, entre varios argumentos, que las tarifas incluían un margen adquirente con valores máximos para los comercios, lo que fue considerado por la Corte como “discriminatoria y carente de racionalidad económica.

Considerando lo resuelto por el máximo tribunal, Transbank debería presentar un nuevo plan tarifario ajustándose al fallo de la Corte Suprema para luego incrementar las tarifas bajo el plan tarifario efectivamente aprobado por la autoridad administrativa correspondiente. Sin embargo, como hemos indicado, el mes de agosto, Transbank ha comunicado a los comercios el aumento de las tarifas supuestamente en cumplimiento del fallo de la Corte Suprema. Lo anterior deja a los comercios en una posición gravosa y por decirlo menos “delicada”, incrementando terriblemente sus costos de operación, pues, además, los contratos de afiliación suscritos entre los comercios y la empresa Transbank permiten que el pago de la tarifa se realice mediante la deducción directa de Transbank de tales montos, por lo que a la fecha ya se han retenido dichos cobros.

De esto ha dado cuenta la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que el pasado 3 de octubre del 2022 solicitó al TDLC el cumplimiento forzado de la sentencia de la Corte Suprema, señalando “en efecto, Transbank ha informado a los comercios afiliados la aplicación de un MD que no cumple con los requerimientos de la Sentencia, además de traspasar directamente a estos una TI que, en sí misma, incumple lo ordenado por la Excma. Corte. Por su parte, los emisores accionistas tampoco han adoptado las medidas conducentes a cumplir con lo que ordena la Sentencia”.

El TDLC deberá determinar si Transbank incumplió o no la sentencia de la Corte Suprema. Ello podría tener implicancias económicas y hasta eventualmente penales. Mientras tanto, Transbank ya percibe ingresos cuestionados por los comercios.

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