Toma de INDH: Contraloría ordena adoptar “medidas inmediatas” para terminar con la ocupación de la sede

Feb 24, 2022 | Actualidad

El ente contralor estableció que “resulta evidente que la ocupación del instituto por un grupo de interés merma el desarrollo de las labores de promoción y protección de los derechos humanos que corresponden a ese servicio” y que el director del organismo tiene 30 días para dar por finalizada esta situación.

En diciembre del año pasado tres diputados UDI -Juan Antonio Coloma, Jorge Alessandri y Guillermo Ramírez- acudieron hasta la Contraloría para solicitando un pronunciamiento sobre la ocupación ilegal de la sede del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), tomada desde julio de 2021 por la Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios (Aces). Los parlamentarios cuestionan que su director nacional, Sergio Micco, no haya cumplido las obligaciones legales que le impone su cargo para terminar con la ocupación.

Ahora, después de un mes de análisis, la Contraloría llegó a su conclusión y dictó un ultimátum a las autoridades del INDH, para que en un plazo máximo de 30 días tomen todas las medidas para terminar con esta situación.

Contraloría, en su análisis, comienza indicando que solicitó un informe al INDH, pero que el organismo no le hizo llegar ningún documento.

Luego, indica que “los artículos 2°, 3°, 5° y 13 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, disponen que los órganos que la integran deben atender las necesidades públicas en forma continua y permanente, correspondiendo a sus autoridades velar por la eficiente e idónea administración de los medios públicos y por el debido cumplimiento de la función pública”.

A continuación, establece que “conforme a lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la ley N° 20.405, el INDH se crea como una corporación autónoma de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es la promoción y protección de los derechos humanos de las personas que habiten en el territorio de Chile. Su artículo 3°, N° 6, prescribe que le corresponderá especialmente, custodiar y guardar en depósito los antecedentes reunidos, entre otros, por la Comisión de Prisión Política y Tortura creada por el decreto supremo N° 1.040, de 2003, del entonces Ministerio del Interior”.

A reglón seguido, Contraloría apunta a que existe un consejo rector dentro del INDH, pero que es el director la autoridad máxima administrativa de la entidad.

Tras estudiar la composición del INDH y las reglas del estatuto público por el cual debe regirse, el ente contralor indica que “según lo indicado por los recurrentes y la información aparecida en diversos medios de comunicación, la sede principal del INDH -ubicada en un inmueble que arrienda en la comuna de Providencia- se encuentra ocupada de manera ilegal por la Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios desde el 8 de julio de 2021, afectando el normal funcionamiento de la mencionada entidad. Asimismo, en ella existe información confidencial, cuyo cuidado y resguardo le ha sido entregado por ley”.

Añaden que “como es sabido, los recursos físicos y financieros que el ordenamiento jurídico ha puesto a disposición de los órganos de la Administración del Estado para el cumplimiento de sus funciones, deben destinarse exclusivamente al cumplimiento de sus objetivos propios fijados tanto en la Constitución Política como en las leyes respectivas. Del mismo modo, de acuerdo con lo sostenido por esta Contraloría General en los dictámenes N°s. 29.217, de 2006 y 15.010, de 2009, la facultad de celebrar actos y contratos que la ley otorga a los entes públicos debe ejercerse por estos con el propósito de dar cumplimiento a sus fines, debiendo dichos organismos emplear sus bienes en el desarrollo de las funciones que les son propias”.

Así, señala el ente contralor, “resulta contrario a esa finalidad y, por ende, a derecho, que un inmueble destinado a la satisfacción de necesidades públicas de la colectividad en su conjunto en una labor tan trascendental como el resguardo de los derechos humanos y la custodia de documentos reservados o secretos, y en el que se gastan recursos estatales pagando una renta de arrendamiento, no pueda ser utilizado por el respectivo organismo”.

Para Contraloría “resulta evidente que la ocupación del instituto por un grupo de interés merma el desarrollo de las labores de promoción y protección de los derechos humanos que corresponden a ese servicio, generando por tanto una afectación a los integrantes de la comunidad nacional, particularmente a aquellos que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y que más requieren la intervención de este órgano público”.

“Por lo tanto, las autoridades del INDH se encuentran en el imperativo de adoptar de inmediato las medidas que en derecho correspondan para reestablecer la utilización del referido inmueble y asegurar que este sea empleado para el fin público para que se contrató, informando al respecto a esta Entidad de Control dentro del plazo de 30 días a contar de la recepción de este pronunciamiento”, finaliza el ente contralor.

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