El organismo recaudador anunció que buscará revertir la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena que calificó de “ilegal” la persecución administrativa de deudas que ya cuentan con juicios civiles. Desde la TGR defienden la legalidad de su actuar, asegurando que se trata de una “secuencia obligatoria” para recuperar fondos públicos y no de una duplicidad de acciones.
La controversia judicial sobre los mecanismos de cobro del Crédito con Aval del Estado (CAE) sumó un nuevo capítulo de alta tensión entre los tribunales y el Fisco. Tras el reciente fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, que acogió un recurso de protección en favor de un deudor por una supuesta “doble vía de cobro”, la Tesorería General de la República (TGR) anunció una contraofensiva legal ante la Corte Suprema para intentar anular la resolución.
La sentencia de primera instancia, dictada de forma unánime, ordenó a la Tesorería paralizar de inmediato el procedimiento de cobranza ejecutiva administrativa, tras calificarlo como un acto “arbitrario e ilegal” que vulnera las garantías constitucionales. La defensa del afectado, encabezada por la abogada Daniela Riquelme, celebró el dictamen como un “precedente importante” e “innovador”, argumentando que la Tesorería no puede exigir el pago simultáneamente por la vía civil y la administrativa.
Una secuencia legal
Pese al tono de la resolución, la Tesorería General de la República emitió una aclaración pública donde desestimó que este fallo represente un quiebre inédito en la jurisprudencia. Para el ente recaudador, la decisión de la corte serenense no constituye una nueva arista judicial, sino que es la continuación de un debate procesal que el organismo pretende agotar mediante la apelación ante el máximo tribunal del país.
Desde la TGR explicaron que el argumento del supuesto “doble cobro” ha sido debatido ampliamente en tribunales nacionales, “siendo desestimado por la jurisprudencia mayoritaria, la cual ha fallado a favor de TGR”. Según la tesis del organismo, el razonamiento de la Corte de La Serena omite la naturaleza operativa del sistema de créditos universitarios, donde la coexistencia de acciones es una consecuencia inevitable de la ley.
En esa línea, el organismo detalló que cualquier cobro de garantía estatal se activa solo cuando el banco acreedor ya agotó la vía civil sin éxito. “La ley exige que el banco agote la vía civil; si no logra recuperar los fondos, se activa la garantía estatal”, precisó la institución, añadiendo que es el pago de dicha garantía con recursos públicos lo que los obliga a iniciar su propia gestión de cobro. Bajo esta lógica, la existencia de un juicio previo del banco y un cobro posterior del Estado siempre ocurrirá, por lo que “no es una duplicidad de cobros, sino la secuencia legal obligatoria para recuperar el dinero del Estado”.
El respaldo de las cifras en sede judicial
Para dar contexto a la solidez de su postura, la Tesorería expuso las estadísticas de litigiosidad a nivel país. De acuerdo con sus registros, de los 2.904 recursos de protección interpuestos por deudores del CAE, la TGR ya cuenta con 1.028 fallos a su favor en diversas cortes. El escenario en la Región de Coquimbo no sería distinto: de 84 recursos presentados ante la Corte de La Serena, solo ocho han terminado en sentencias adversas para el Fisco, lo que a juicio del organismo “demuestra la legalidad en el actuar” de sus procedimientos.
Finalmente, el organismo recalcó que el pago por cualquiera de estas vías —ya sea la judicial impulsada por el banco o la administrativa de Tesorería— extingue automáticamente la obligación, por lo cual “nunca existirá el doble pago” por la misma deuda. Con la apelación ya confirmada, será la Corte Suprema la encargada de dirimir si la estrategia de la TGR se ajusta a la Constitución o si, por el contrario, prevalece el criterio de la corte nortina sobre la ilegalidad de esta doble persecución de deudas.




