Este lunes 1 de junio marcó un hito en la implementación de la Reforma de Pensiones con el inicio de la participación operativa de la Tesorería General de la República (TGR) en el nuevo Sistema Único de Cobranza de Cotizaciones (SUCC). Bajo este esquema, el organismo asume la responsabilidad de la gestión prejudicial de las deudas previsionales de los empleadores, un paso previo y obligatorio antes de que las causas sean judicializadas en los tribunales competentes.
La medida, mandatada por la Ley 21.735, busca fortalecer el cobro de cotizaciones impagas, con especial foco en las Declaraciones y No Pago (DNP), casos donde el empleador reconoce la obligación pero no entera los fondos en las cuentas de los trabajadores. Para este fin, la TGR ha desplegado desarrollos informáticos que permiten segmentar a los deudores según el monto, la antigüedad de la mora y su comportamiento histórico.
Plazos y etapas del proceso de cobro
La normativa establece tiempos definidos para esta fase administrativa. En el caso de las deudas por Declaración y No Pago, la cobranza prejudicial tendrá una duración de hasta 270 días. Para aquellas situaciones que requieran validaciones adicionales, conocidas como Declaraciones y No Pago Automáticas, el plazo de gestión podrá extenderse hasta los 720 días.
Según explicó el Tesorero General de la República, Hernán Nobizelli, el objetivo es “contribuir a que las personas y empresas que adeudan cotizaciones previsionales regularicen esta situación, para que, en el futuro, las y los trabajadores tengan mejores pensiones”. Durante este periodo, se informará a los empleadores morosos sobre sus pendientes a través de canales directos como correo electrónico, SMS y ejecutivos telefónicos, invitándoles a regularizar la mora antes de que el conflicto escale a una instancia legal.
La transición a la sede judicial
Si los plazos prejudiciales vencen sin que el empleador haya saneado su cartera, la reforma contempla una transición automática a la vía contenciosa. En este escenario, los empleadores “quedarán expuestos a una demanda judicial”, la cual será interpuesta por un ente externo especializado que será adjudicado por el SUCC.
En esta red de cumplimiento también participan las AFP, PreviRed, el Instituto de Previsión Social (IPS) y el Fondo Autónomo de Protección Previsional. No obstante, el rol final recae en el Poder Judicial, organismo que será el “encargado de tramitar y resolver las demandas de cobro judicial cuando las deudas no sean pagadas durante la etapa prejudicial”, cerrando así el ciclo de persecución de la deuda previsional bajo el nuevo sistema centralizado.




