Silvana Donoso votó a favor de mantenerlo en prisión: Corte de Valparaíso tomó en cuenta informe psicosocial que alertaba no reconocimiento del delito y oposición al tratamiento para rechazar amparo de condenado por violación de menor

Oct 21, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de amparo interpuesto en contra de la Comisión de Libertad Condicional que denegó el beneficio de la libertad condicional solicitada por un condenado que cumple la pena de 5 años y un día de presidio, como autor del delito de violación de mayor de 14 años.

La Tercera Sala del tribunal de alzada porteño –integrada por las ministras Carolina Figueroa, Silvana Donoso y María Cruz Fierro– rechazó la acción, tras establecer que la decisión adoptada por la recurrida se encuentra ajustada a derecho. Para esto tuvo presente el informe psicosocial, un documento que fue centro del debate durante la acusación constitucional contra la jueza Silvana Donoso a raíz del caso de Hugo Bustamante, en prisión preventiva por el femicidio de Ámbar.

“Que, en el caso de autos el amparado está sujeto a la reglamentación prevista en el Decreto Ley 321 de 1925 y sus modificaciones, efectuadas por la Ley 21.124 de 18 de enero de 2019, la que hizo exigible -entre otras condiciones- conforme lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 2° del referido Decreto Ley, que el postulante a la libertad condicional deba contar con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia, con el fin de conocer sus posibilidades para reinsertarse adecuadamente en la sociedad”, establece el fallo.

La resolución agrega: “Que el informe psicosocial agregado a estos autos, indica que el condenado tiene bajo compromiso delictual; nivel de reincidencia medio en mismo delito; posee distorsiones cognitivas relacionadas con la sexualidad y afecto parental; no logra visualizar su responsabilidad en el delito hacia su hijastra; mantiene una conducta oposicionista a su tratamiento; su familia se visualiza como potencial factor de riesgo, puesto que su pareja niega el delito, haciendo caso omiso al relato de violación de su hija y -en caso de recuperar su libertad- vivir a junto a su pareja y la hija menor de ella que tiene síndrome de Down, sumado a un consumo problemático de alcohol que no ha tratado”.

“Por estas consideraciones, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto en favor de José Víctor Cárdenas Hernández y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones”, concluye.

 

817-2020 Amparo

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