Sigue la postura de la Segunda Sala: Máximo Tribunal revierte expulsión de ciudadanos extranjeros al calificar de arbitrario decreto del gobierno que ordenó su salida del país tras retiro de denuncias de ingreso ilegal

Dic 9, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

Ya son varios los fallos de la Segunda Sala de la Corte Suprema que van en la misma línea. En estos han declarado como arbitraria la estrategia del gobierno, a través de las intendencias, de decretar la salida del país de ciudadanos extranjeros que entraron por pasos no habilitados. Esta se basa en que Interior presenta la denuncia ante el Ministerio Público por el ingreso ilegal, pero posteriormente se desisten, terminando así con la indagatoria. En paralelo, inician un proceso administrativo de expulsión.

Este fue el caso de dos ciudadanos extranjeros que presentaron recursos de amparos contra los decretos de la Intendencias Regional de Arica y Parinacota que ordenaban su salida del territorio nacional, los que fueron acogidos por el Máximo Tribunal.

En fallos divididos (causas roles 143.881-2020 y 143.882-2020), los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama (voto disidente), Jorge Dahm y Leopoldo Llanos establecieron el actuar arbitrario de la autoridad recurrida al ordenar la expulsión de los amparados tras desistirse en las causas penales por ingreso ilegal al país.

“Que el artículo 69 del D.L. 1094 invocado en la resolución recurrida no puede servir de fundamento a la misma, desde que impone la medida de expulsión para los extranjeros que ingresen clandestinamente o por lugares no habilitados al país, una vez cumplida la pena, en circunstancias que el citado desistimiento extingue la acción penal”, sostienen los fallos.

Las resoluciones agregan: “Que, por otra parte, al desistirse de la denuncia la Intendencia Regional impidió que el órgano persecutor pesquisara y verificase los hechos constitutivos del delito de ingreso clandestino del que se le daba noticia, lo que precisamente llevó al término de esa causa. Asimismo, ese proceder impidió al amparado defenderse y controvertir los hechos que fundaron la denuncia, por lo que, en definitiva, el dictamen de expulsión se basa en la mera noticia de la autoridad policial, antecedente del todo insuficiente para fundar la decisión de expulsión cuestionada”.

“Que todo lo dicho priva de fundamento racional al acto impugnado y, consecuencialmente, permiten afirmar que se pone en peligro la libertad personal del amparado por un acto arbitrario de la Administración, lo que conlleva que la acción interpuesta deba ser acogida”, se resuelve.

Lea los fallos acá.

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