El Juzgado de Garantía de Antofagasta ordenó recabar nuevos antecedentes internacionales antes de resolver si los cuatro años que la exalcaldesa permaneció en Europa se descuentan de su pena de cinco años por fraude al fisco. Mientras la defensa califica la medida de “traba burocrática”, Rojo deberá permanecer recluida en la cárcel de San Joaquín en calidad de rematada a la espera de una audiencia clave este viernes.
El camino para que la exalcaldesa de Antofagasta, Karen Rojo, logre beneficios intrapenitenciarios encontró un nuevo escollo administrativo en los tribunales nacionales. Pese a que la otrora autoridad arribó a Chile el pasado miércoles bajo un proceso de extradición, el Juzgado de Garantía de Antofagasta determinó este lunes que aún no existe certeza jurídica suficiente para abonar a su condena el tiempo que permaneció privada de libertad en el extranjero.
La defensa de Rojo, encabezada por la abogada Loreto Flores, busca que la justicia reconozca los cuatro años que la exjefa comunal estuvo recluida en los Países Bajos como parte del cumplimiento de su sentencia de cinco años y un día por fraude al fisco en el denominado “Caso Main”. De prosperar esta tesis, la condenada ya habría cumplido cerca del 80% de su pena, quedando en posición de solicitar medidas como la libertad vigilada intensiva.
La resolución que dilata el abono
El magistrado Marco Antonio Escobar resolvió que, previo a la audiencia decisiva fijada para este viernes 24 de julio, es imperativo contar con información oficial y traducida desde el Reino de los Países Bajos. Para ello, el tribunal ofició al Ministerio de Relaciones Exteriores y a Interpol Santiago con el fin de despejar dudas sobre la naturaleza del encierro en Europa.
En el despacho judicial, el juez solicitó específicamente que se informe “la fecha en que fue detenida, cuándo comenzó su privación de libertad, cuándo fue entregada a las autoridades chilenas y si ese encierro fue total o parcial”. Esta medida busca acreditar formalmente si los periodos de detención en la cárcel de Utrecht y otras instancias del proceso de extradición califican técnicamente para ser descontados del cómputo final de la pena en Chile.
El reclamo de la defensa: “Un hecho acreditado”
La resolución no fue bien recibida por el equipo jurídico de Rojo. La abogada Flores calificó el requerimiento como una maniobra que extiende innecesariamente la reclusión de su representada en el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín, donde ingresó el miércoles pasado en calidad de “rematada” tras agotarse todas las instancias judiciales.
“Sería grave que a través de trámites burocráticos se pretenda demorar la adopción de decisiones. A esta altura es bien inédito que se indique que no se tiene certeza que doña Karen Rojo no estuvo privada de libertad desde el 13 de julio de 2022 hasta ahora, en forma ininterrumpida”, fustigó la defensora. Según la abogada, los documentos que Rojo trajo consigo al aterrizar en el país son prueba suficiente de su reclusión ininterrumpida, la cual considera un hecho ya acreditado durante el largo proceso de extradición que se extendió por cuatro años tras su fuga de Chile.
Contexto del Caso Main
La situación procesal de Karen Rojo es el epílogo de una causa iniciada por la contratación de una asesoría comunicacional financiada con recursos públicos para fines de campaña electoral, cuyo perjuicio fiscal se estimó en $23 millones. Tras confirmarse su condena por parte de la Corte Suprema, la exalcaldesa abandonó el país el mismo día en que se dictó la orden de detención, permaneciendo en territorio europeo hasta que la justicia neerlandesa autorizó su entrega.
La diligencia del próximo viernes será determinante: si el tribunal de garantía rechaza los antecedentes solicitados a Interpol y Cancillería, o considera que la información no es concluyente, Rojo podría verse obligada a cumplir la totalidad de su condena en territorio nacional, sin posibilidad inmediata de optar a los beneficios que su defensa proyectaba tras su retorno. Por ahora, el magistrado ha optado por la prudencia procesal, supeditando la libertad de la exautoridad a la respuesta formal de las autoridades de los Países Bajos.




