Gerald Willson Pinatel, abogado de Estudio Sufán
Con los años de ejercicio de la abogacía, he comprobado que las Pymes, a pesar de ser el gran motor de la economía, no tienen la capacidad o la iniciativa para analizar sus cuentas por cobrar. Por otra parte, nuestra profesión implica no sólo la representación de los intereses del cliente en un negocio jurídico que nos ha encomendado, sino también asesorarlo y proporcionarle herramientas para prevenir riesgos financieros.
Las pymes trabajan tanto en la emisión de facturas para obtener el pago de la obligación que se les adeuda, como asimismo, en la recepción de dichos documentos por productos y servicios que ellos a su vez han contratado. Pero en ese proceso que parece tan evidente, pueden existir riesgos, como por ejemplo la emisión de facturas que no obedecen a una obligación mercantil real.
Recordemos que el proceso de facturación está consagrado en la Ley N° 19.983 que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a la copia cedible de la factura. De ahí, que actuar a tiempo en la toma de decisiones preventivas, es el mejor aliado para analizar y planificar de manera constante la estrategia del cobro de documentos morosos incluyendo el análisis de conveniencia de la factorización para efectos de obtener temprana liquidez. De ahí entonces, toma relevancia el asesoramiento experto para transformar la acreencia en un ingreso efectivo al patrimonio de la empresa, evitando así que el documento se convierta en un certificado de incobrabilidad. Recordemos en este punto que el plazo de cobro del crédito contenido en la factura emitida es de un año contado desde la fecha de su vencimiento.
No tomar medidas preventivas acertadas, como la segmentación de cartera por tramo de deuda y mora, o no estar apoyado en la gestión por un especialista en el área, inexorablemente, traerá consigo un desequilibrio de caja, flujo y liquidez. Resulta esencial para las pymes, no dejar para mañana lo que pueden hacer hoy.