En un fallo unánime, el Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago impuso la pena de presidio perpetuo simple a la célula liderada por Lewis Ponce Ortiz. La sentencia acredita la existencia de una estructura jerarquizada que operaba en el casco histórico de la capital, utilizando un sistema de “multas” millonarias y castigos físicos para esclavizar a mujeres migrantes, incluyendo a una menor de edad.
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago cerró uno de los capítulos más crudos de la criminalidad transnacional en nuestro país al condenar a ocho personas a la pena de presidio perpetuo simple. El fallo establece que los sentenciados formaban parte de una célula operativa del Tren de Aragua, dedicada sistemáticamente a la trata de personas con fines de explotación sexual entre octubre de 2021 y enero de 2023.
La organización, que tenía su centro de acopio en departamentos del edificio ubicado en calle Lira 499 y operaba comercialmente en la Plaza de Armas, fue desarticulada tras el operativo internacional “Operación Turquesa”. El tribunal adquirió la convicción de que los condenados —siete ciudadanos extranjeros y un chileno— funcionaban como una “empresa criminal” de altos réditos y bajo costo, donde las víctimas eran tratadas como mercancías intercambiables.
La estructura de la “Multa” y el factor Romero
El corazón del sistema de explotación era la “multa”, una deuda impuesta a las víctimas por concepto de traslado e ingreso ilegal al país que oscilaba entre los 3 y 5 millones de pesos. Bajo este régimen, las mujeres perdían su autonomía: no fijaban tarifas, no elegían sus horarios y debían entregar la totalidad de sus ganancias para saldar una deuda que, debido a cobros adicionales por alojamiento y alimentación, se volvía prácticamente impagable.
En esta maquinaria, el rol de Carlos Sebastián Romero Madariaga resultó fundamental. Siendo el único integrante de nacionalidad chilena, Romero actuó como el engranaje financiero que permitía a la organización operar en el sistema bancario formal. Según el fallo, facilitó su cuenta RUT para recibir los pagos de los servicios sexuales y canalizar las remesas hacia el extranjero, eludiendo los controles que afectaban a los miembros migrantes en situación irregular.
“Pateros” y violencia como disciplina
El veredicto detalla la crueldad de los métodos de control. La organización no solo recurría a amenazas contra los familiares de las víctimas en Venezuela, sino que aplicaba el denominado “patero”: un disparo en las extremidades inferiores como castigo para quienes intentaban huir o no cumplían con las cuotas de recaudación.
Uno de los hitos que permitió consolidar la prueba fue el hallazgo de la víctima A.A.L.G., quien el 6 de enero de 2023 ingresó a un centro asistencial con una fractura expuesta por arma de fuego tras recibir un “patero”. Asimismo, el tribunal dio por acreditado el caso de la menor de edad L.A.G.D., de 17 años, quien fue rescatada en plena Plaza de Armas mientras era obligada a trabajar para saldar una deuda de 5 millones de pesos.
Penas y liderazgo
El fallo identifica a Lewis Rubén Ponce Ortiz como el líder y “asesor” de la célula, encargado de coordinar la captación en el extranjero y la administración de los inmuebles. Por su rol directivo y delitos conexos de tráfico de drogas, Ponce Ortiz sumó a su cadena perpetua penas adicionales que totalizan 12 años de presidio.
Por su parte, Luis Jerardo Osal Rodríguez y José Gregorio Rodríguez Milano fueron condenados además por porte ilegal de armas, tras acreditarse que mantenían el “poder de fuego” necesario para intimidar a las mujeres bajo su control.
El tribunal concluyó que esta organización no solo lesionó la libertad y seguridad de las víctimas, sino que constituyó una manifestación extrema de violencia de género. Al respecto, la sentencia destaca la “feminización de la migración” como un factor que el Tren de Aragua explotó deliberadamente para lucrar con la desesperación de mujeres que no tenían “más opción verdadera ni aceptable que someterse al abuso”.




