Andrés López Vergara, En Estrado.
Durante esta tarde se dio a conocer el fallo de la Corte Interamericana de Derecho Humanos (Corte IDH) que encontró responsable internacionalmente a Chile por la violación de los derechos a la libertad de pensamiento y expresión, a las garantías judiciales, y al principio de legalidad, en relación con la obligación de respetar y garantizar dichos derechos y el deber de adoptar disposiciones de derecho interno, en perjuicio del Juez Daniel David Urrutia Laubreaux. Además, fijó un indemnización de US$ 20 mil dólares por daño inmaterial.
El 30 de noviembre de 2004, Urrutia informó a la Corte Suprema remitió un trabajo final de un diplomado en que proponía que el Poder Judicial adoptara determinadas medidas de reparación por la responsabilidad que dicha institución habría tenido en las violaciones de derechos humanos ocurridas durante el régimen militar. El Máximo Tribunal remitió el documento al órgano competente para sancionar disciplinariamente al juez porque contenía “apreciaciones inadecuadas e inaceptables” para dicho tribunal. Finalmente, recibió una censura por escrito y en 2018, tras una recomendación del informe de fondo, la Corte Suprema dejó sin efecto la sanción.
“La Corte IDH constató que no era acorde a la Convención Americana sancionar las expresiones realizadas en un trabajo académico sobre un tema general y no un caso concreto, como el realizado por el Juez Urrutia. Por otro lado, la Corte consideró que, si bien en 2018 la Corte Suprema de Justicia derogó la sanción impuesta al Juez, esta se mantuvo en la hoja de vida del señor Urrutia Laubreaux por más de 13 años, afectando su carrera judicial”, señala el comunicado.
Reacción
Al respecto, la presidenta de la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados, Soledad Piñeiro, indicó que “es una resolución de suma importancia para la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados, ya que centra su fundamentación en dos temas esenciales para la asociación. Uno es la modificación del sistema de responsabilidad, en lo que se refiere, por ejemplo, al derecho a defensa, a la existencia de un órgano imparcial o a la tipicidad de las conductas. Y por otra parte también se hace cargo de la necesidad de fortalecer la independencia judicial”, señaló
“En esta última materia, el juez Zaffaroni ahonda específicamente en este sistema de organización del Poder Judicial como una forma que atenta contra la independencia judicial de tal manera que incluso compara la estructura jerárquica del Poder Judicial como anómala, tanto así, como pudiera serlo una estructura horizontal en el Ejército”, indicó.
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