Por revertir prisión de 13 imputados por razones humanitarias y sanitarias: Due Process of Law Foundation presenta escrito ante la Corte de Santiago con fuerte crítica a proceso disciplinario contra juez Daniel Urrutia

May 10, 2021 | Actualidad

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Andrés López Vergara, En Estrado.

“Estándares y obligaciones internacionales relativos al derecho a un tribunal imparcial aplicables al procedimiento disciplinario seguido contra el juez Daniel Urrutia Laubreaux” se titula el amicus curiae enviado por la Fundación para el Debido Proceso (Due Process of Law Foundation) a la Corte de Apelaciones de Santiago.

La presentación del organismo con sede en Washington DC se enmarca dentro del proceso disciplinario contra el juez Daniel Urrutia, que será revisado esta semana por el Pleno, abierto luego de que en 2020 decretó el arresto domiciliario por razones sanitarias y humanitarias de 13 imputados por desórdenes públicos en el marco del Estallido Social, revirtiendo por oficio su prisión preventiva.

“A resaltar el papel importante que tienen los y las operadores/as de justicia en su calidad de defensores/as de derechos humanos, los estándares internacionales los consideran entre los grupos de defensores de derechos humanos especialmente expuestos a ataques de distinta naturaleza. Tanto el sistema interamericano como el sistema universal de derechos humanos han constatado que los y las operadores/as de justicia, entre ellos jueces juezas y fiscales, son frecuentemente sujetos de obstáculos y amenazas que dificultan su trabajo, indicando que los y las defensores/as que trabajan en causas de gran relevancia o interés social o que afectan intereses poderosos, son particularmente vulnerables a actos en su contra por el mero hecho de realizar esta labor”, señala el documento.

Agregan que “de manera respetuosa, nos dirigimos a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago para exponer las razones por las que consideramos que la determinación de la responsabilidad disciplinaria del juez Daniel Urrutia Laubreaux por vuestro Tribunal Pleno, resulta incompatible con los estándares internacionales sobre autoridad imparcial y lesiona su derecho a un debido proceso”.

“En el caso bajo análisis, la identidad entre la autoridad acusadora y la autoridad encargada de imponer la sanción, es una razón estructural que compromete la garantía de tribunal imparcial.  Además, en el presente caso, existen ciertos elementos objetivos vinculados a la tramitación del sumario administrativo, que generan dudas sobre la imparcialidad de la autoridad sancionadora, la Ilustrísima Corte de Apelaciones, para resolver esta causa”, finalizan.

Amicus Curiae Antecedentes de Pleno N 1035-2020 Urrutia Laubreaux

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