Oficial en retiro condenado por fraude en Carabineros deberá pagar $667 millones tras demanda del CDE

Dic 15, 2020 | Actualidad

Créditos Imagen : Poder Judicial

En Estrado.

El Vigésimo Cuarto Juzgado Civil de Santiago acogió una demanda presentada por el Fisco en contra de un oficial de Carabineros en retiro que fue condenado por malversación de caudales públicos y lavado de activos en la institución policial.

El Poder Judicial informó que la jueza Patricia Ortiz von Nordenflycht estableció que el oficial condenado es responsable de los delitos y debe reparar el daño causado al patrimonio fiscal.

“Que en cuanto al requisito legal de la existencia de dolo o culpa, el cual está estrechamente ligado con legitimación pasiva para ser demandado, el hecho que provocó daños, debe provenir de la persona a quien se reclaman los perjuicios o de uno de sus dependientes. En el caso de autos, el demandado es responsable, atendida su calidad de autor de los delitos cometidos y, por tanto, participante directo en la malversación de fondos fiscales, en lo que le compete, por la suma de $667.405.024, conforme lo asentado precedentemente, puesto que ha reconocido haber efectuado los ilícitos penales, en forma voluntaria, debiendo presumirse dolosa dicha actuación, ya que no puede dársele credibilidad a su razonamiento, de no conocer que su participación era respecto de un hecho ilícito, menos aún, considerando su calidad de ex funcionario de Carabineros, de todo lo cual fluye el elemento subjetivo, en la especie, el doloso. De hecho, en el peor de los casos, de no poder estimarse dolo en el demandado, de todas formas, habría existido una actuación culposa del mismo en los hechos delictuales, de lo cual emanaría, igualmente, su responsabilidad extracontractual”, dice el fallo.

Agrega: “Que, de acuerdo a lo asentado precedentemente y lo previsto en los artículos 2314 y 2317 del Código Civil, el demandado es responsable de los daños que se hayan provocado, con la comisión de los delitos por él cometidos, cuya responsabilidad es solidaria respecto de las demás personas que hayan participado en dicho delito, de lo cual, emana su obligación de cubrir el total de los perjuicios que se hayan provocado con su participación en el delito, siendo irrelevante ante tal circunstancia, si sirvió de mero testaferro de los demás individuos que formaron la organización criminal que malversó fondos del Estado”.

Además se considera: “Que conforme lo establecido, corresponde determinar si se han producido los daños que ha alegado la actora y su cuantía, como también, si estos habrían derivado del hecho doloso cometido por el demandado”.

“Que como ya ha quedado asentado en sede penal, la participación delictual del demandado, permitió la malversación de fondos del Estado, por un total acreditado, de a lo menos, $667.405.024, resultando evidente que si este no hubiera facilitado su cuenta corriente y no hubiera participado en la entrega de dineros, a otros miembros de la organización criminal que participó en el fraude a Carabineros de Chile, no se hubiera producido el perjuicio por esa suma, al Fisco de Chile. Consecuentemente, se ha acreditado la existencia de un perjuicio, por la cantidad referida, derivada directamente, de los delitos cometidos por el demandado”, concluye el fallo.

Lea el fallo acá.

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