Nombramientos judiciales, transparencia y cambio cultural. Por Alejandra Ahumada Mandakovic

Mar 26, 2024 | Opinión

Alejandra Ahumada Mandakovic es abogada de la Universidad Diego Portales y Magister en Gestión y Políticas Públicas de la Universidad de Chile. Actualmente es consultora independiente en temas de política pública relacionadas con reformas a los sistemas de justicia, modernización del Estado, políticas de protección de niños, niñas y adolescente y justicia juvenil. Paralelamente, es socia y ejerce labores de administración y gestión en Saga Studios. Además, es miembro de la Asociación Chilena de Justicia Terapéutica, Humanizar.

A propósito de investigaciones llevadas adelante por la Fiscalía, hemos conocido algunas comunicaciones que se relacionan con el nombramiento de ministros en la Cortes de Apelaciones y Corte Suprema.

Los mensajes revelan un problema conocido del mecanismo de nombramiento judiciales: las características del proceso permiten gestiones informales para tratar de influir su definición.

En este punto, vale la pena recordar que hay dos instancias claves en el proceso, la conformación de ternas o quinas elaboradas por la Corte
Suprema o la Corte de Apelaciones -según el caso- y la designación por parte del Presidente de la República (en al caso de los ministros de Corte Suprema, con ratificación del Senado).

Existe consenso en que, entre varios problemas del sistema de nombramientos, prácticas como las que hemos conocido (que pueden adoptar la forma de recomendaciones, solicitud de audiencias privadas o en general cualquier tipo de presentación por medios distintos a los canales formales), son una realidad que también se dan con frecuencia en la etapa de elaboración de quinas y ternas al interior del Poder Judicial. Esto no es una cuestión menor, ya que la imparcialidad judicial tiene una dimensión externa respecto del poder político, pero también una interna, respecto de los superiores jerárquicos.

Lo reconocido del problema ha motivado varias propuestas. En los últimos años, fuera de los los fallidos procesos constitucionales, la última iniciativa en la materia fue la impulsada por el ministro Hernán Larraín. El proyecto de ley propuso un sistema bastante completo que abordaba un modelo basado en concursos públicos reglados, transparencia y valoración del mérito a cargo de un órgano independiente.

Por otra parte, los propios magistrados han mantenido una permanente preocupación por este tema a través de sus asociaciones gremiales, con distintos énfasis u opciones institucionales, pero siempre advirtiendo lo perjudicial de estas prácticas para la carrera judicial ya que, aparte de las implicancias para su independencia, pueden motivar una importante fuga de talentos de esta esencial función pública.

Contar con un sistema que limite al máximo la discrecionalidad es crucial, no cabe duda. Pero es igualmente urgente que estas prácticas queden en total descrédito cultural. No es admisible argumentar que es necesario utilizarlas porque el sistema es insuficiente, porque el medio es pequeño, o bien normalizarlas sosteniendo que es lo que siempre se ha hecho. Ni el mejor de los sistemas tendrá un impacto relevante sin este cambio.

A estas alturas, la ciudadanía está consciente de la importancia de la transparencia en los más diversos ámbitos y castiga su falta quitándole credibilidad y confianza a las instituciones. Nuestros tribunales no pueden permitirse ese descrédito.

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