No hubo vicio al fijar la multa: Corte Suprema mantiene sanción de $75 millones contra salmonera por infracción a la Ley de Pesca en centro de cultivo

Sep 7, 2020 | Actualidad

Créditos Imagen : Poder Judicial

Andrés López Vergara, En Estrado.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo deducida en contra de la sentencia que confirmó la multa de 1.500 UTM ($75 millones), aplicada a empresa salmonera por infringir la ley de pesca y acuicultura en centro de cultivo, ubicado en el Lago Rupanco.

El Poder Judicial informó que en fallo unánime (causa rol 29.364-2019), la Cuarta Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, María Angélica Repetto y los abogados (i) Leonor Etcheberry e Íñigo de la Maza– rechazó el recurso deducido en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia, que mantuvo la sanción aplicada a la empresa Salmones Pacific Star S.A.

“Que no se advierte la concurrencia del vicio denunciado por la recurrente relacionado con la errada aplicación de la agravante o regla de determinación de la cuantía de la multa por infracción a la Ley de Pesca y Acuicultura contenida en su artículo 108 A, que de forma expresa estatuye la obligación para el juez de duplicar su monto si se acredita que en los dos años anteriores a la comisión de la nueva infracción, la denunciada fue condenada por incurrir en cualquiera de las conductas prescritas en esa ley, de forma tal que la exigencia para imponerla no se vincula a la identidad de los hechos y de la norma que los sanciona, por cuanto se refiere a la totalidad de las contravenciones descritas en la legislación pesquera, de cuyo tenor no se advierte la concurrencia de elementos adicionales para hacerla procedente, como los planteados por la recurrente con el fin de restringirla”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que sobre la base de los hechos establecidos de manera inalterable y los razonamientos desarrollados acerca de la aplicación de la regla de determinación del monto de la multa descrita en la ley, en relación con la infracción por la que fue denunciada la empresa recurrente, se debe concluir que la decisión de haber incurrido en la infracción a las normas citadas, es producto de la correcta aplicación de la legislación atinente a la materia, sin que concurran las vulneraciones que se acusa en el recurso; razón por la que debe desestimarse en esta etapa procesal por adolecer de manifiesta falta de fundamento”.

 

SALMONES PACIFIC STAR SUPREMA

 

SALMONES PACIFIC STAR CORTE

| LO MAS LEIDO