Ministerio informó a la Corte que interpuso 409 querellas: empresario presentó amparo económico contra Interior y Gonzalo Blumel por pérdidas económicas tras estallido social

Jun 15, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Ministerio del Interior, Foto: Poder Judicial

Acusa que no se resguardó el orden público y que esto mermó su situación. De esas acciones judiciales, según el documento del gobierno, 304 fueron por Ley de Seguridad Interior del Estado y que en total hay 1.375 imputados.

Andrés López Vergara, En Estrado.

Una pugna judicial entre un empresario dedicado al rubro de las cortinas y el Ministerio del Interior se lleva adelante en la Corte de Apelaciones de Santiago. Se trata de un recurso de amparo económico interpuesto a raíz de las pérdidas generadas tras los incidentes ocurridos desde el estallido social.

Apunta a que Interior, cuyo representante es el ministro Gonzalo Blumel, no habrían cumplido con su deber de resguardar el orden público en la Región Metropolitana, donde tiene la mayoría de sus clientes. Todo esto, se habría agravado por la crisis del Covid-19 y las cuarentenas.

“Con motivo de las diversas movilizaciones sociales, los clientes, cuya mayoría se encuentran localizados en la Región Metropolitana, dejaron de comprar sus productos, debido a que estos no serían artículos de primera necesidad, razón por la cual sus clientes postergaron todas las cotizaciones, sumándole a esto que ahora por la cuarentena en la comuna no tendría acceso a abastecerse de sus materiales y menos de poder llevar a cabo la instalación de los mismos”.

Agrega que esto habría provocado que sus ventas bajaran un 90% y señala que su situación “no es como la de muchos otros emprendedores que, recién ahora, producto de la pandemia mundial, pierden su trabajo o comienzan a asumir los costos de una recesión económica mundial”.

Señala el empresario que “su emprendimiento -y los años de esfuerzos y ahorros que implica-, ya quedó destrozado durante los meses que sucedieron al 18 de octubre de 2019, producto de que la autoridad no cumplió su deber de resguardar el orden público ni de prevenir y por, sobre todo, controlar la delincuencia y los actos violentistas. Y, a consecuencia obvia de ello, quedó destrozada la fuente de ingresos y de sustento de la familia, como resulta lógica consecuencia. En efecto, los beneficios que otorgará el Estado, están destinados a que las familias puedan hacer frente a la pandemia, sin embargo, en su caso ya está dañado su emprendimiento. ¿Qué frente va a hacer entonces al Covid-19 si ya está dañado –es decir, ya no está en condiciones- para soportar además los perjuicios de una pandemia?”.

Finalmente solicita que la Corte dicte “sentencia estimatoria que constate la infracción denunciada y que declare que el Ministerio del Interior y de Seguridad Pública o la entidad pública que se determine, contraviene el ordenamiento jurídico y consecuencialmente ha obrado de manera ilegal al no cumplir con su función ni ejercer sus potestades de resguardar el Orden Público, infringiendo con ello el Derecho a la Libre Iniciativa Económica”.

La respuesta de Interior

El 30 de mayo, el Ministerio del Interior, en un oficio firmado por el abogado Carlos Flores, entregó sus argumentos para que se rechace la acción de amparo económico. Primero indica que el plazo para interponer este tipo de recursos es de seis meses y que el empresario no entrega datos sobre el inicio o término de la afectación, por lo que debería considerarse extemporánea.

Luego plantea que los encargados de garantizar el orden y la seguridad pública, según el artículo 101 de la Constitución, son Carabineros y la PDI. Según el ministerio, ese artículo “prevé que las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública dependen del Ministerio encargado de la Seguridad Pública; dicha dependencia administrativa no se extiende al ámbito operativo, el que es de dominio exclusivo de dichas policías, dado el carácter profesional que detentan Carabineros y la Policía de Investigaciones de Chile. Ello, cobra relevancia en el caso de marras, desde que, la policía uniformada, por ejemplo, no ha sido recurrida en estos autos pese a su relevante rol en la materia, cuestión que atenta contra el debido proceso y debe necesariamente también conducir a su íntegro rechazo, tal como lo resolvió en su momento la Ilustrísima Corte de Apelaciones, en la causa rol Nº 5.241-2019”.

Para graficar el actuar de la repartición, relataron las acciones judiciales interpuestas desde el estallido social respecto de hechos de violencia en ese contexto.

“El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a nivel nacional, interpuso un total de 409 querellas, con 1.375 imputados, todo ello, conforme al siguiente detalle, a saber: 304 querellas, invocando la Ley Nº 12.927, sobre Seguridad Interior del Estado; 21 querellas por incendio de estaciones de Metro; 17 querellas por otros incendios; 56 querellas por otros delitos (entre otros, aquellos que atentan directamente contra el orden público, desórdenes públicos, ataques contra funcionarios de Carabineros de Chile en el ejercicio de sus funciones, tales como, maltrato de obra, homicidio frustrado, arrojar artefacto explosivo y/o incendiario, etc.); – 8 querellas por el delito de saqueo, invocando el nuevo artículo 449 quáter del Código Penal; y – 3 querellas por el delito de barricadas, invocando el nuevo artículo 268 septies del Código Penal”, indican.

Al final de su informe, el ministerio señaló que “si llegase a estimarse que el amparo económico puede cautelar efectivamente la libertad económica, conforme los hechos descritos en el libelo de autos, el remedio judicial intentado continúa siendo inidóneo desde que, para el evento de ser víctima de hechos ilícitos que no permitan desarrollar una determinada actividad económica lícita de manera regular, conforme a nuestro ordenamiento jurídico, corresponde al Ministerio Público, previa denuncia o querella, la adopción de las medidas para proteger a las víctimas y a los testigos a fin de que ello sea revertido, cuestión que el recurrente nada ha dicho al respecto ni ha aportado antecedente alguno en tal sentido”.

El caso quedó en acuerdo y el fallo se dará a conocer en los próximas semanas.

Recurso de amparo económico

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Informe de Interior

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