Ministerio del Interior pierde su batalla: Corte Suprema confirma que es ilegal exigirles no volver a Chile a migrantes que se acogen al plan de retorno humanitario

Jul 14, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Ministerio del Interior

Recurso de amparo había sido acogido por la Corte de Apelaciones de Santiago a raíz de la situación de 26 ciudadanos extranjeros.

Andrés López Vergara, En Estrado.

“Se confirma la sentencia apelada de tres de julio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1402-2020”. Tan escueta y relevante a la vez fue la decisión de la Segunda Sala de la Corte Suprema de confirmar el fallo que declaró ilegal exigir a los inmigrantes que se acogieran al plan de retorno humanitario, que no volvieran al país en nueve años.

Hace dos semanas, la Quinta Sala del tribunal de alzada de Santiago acogió un recurso de amparo presentado en representación de 26 ciudadanos extranjeros y dispuso que el Ministerio del Interior no podrá exigir la suscripción de una declaración en la que se comprometían a la medida.

En la sentencia de origen se estableció que la exigencia impuesta no encuentra sustento en la legislación nacional e internacional sobre la materia.

En ese fallo indicaron que “ninguno de los argumentos antes descritos permiten justificar dentro del ordenamiento jurídico la exigencia que se hace a los recurrentes para acogerse al denominado ‘Plan Humanitario de Retorno’ (…). En efecto, y como es sabido, en el derecho público solo se puede hacer aquello que la ley permite, por lo que dentro del contexto de la libertad ambulatoria de una persona, reconocido como derecho fundamental en la Constitución Política de la República, su restricción solo puede fundarse en la ley. De esta forma –continúa– la exigencia de asumir un compromiso de no retornar al país dentro de nueve años no se ajusta a ninguna norma legal, tampoco lo es, que una medida humanitaria requiera para acceder a ella de una determinada contraprestación como lo entiende la autoridad, olvidando precisamente su adjetivo de ‘humanitario’. En los hechos se trata de 26 personas que se encuentran en una precaria situación, incluso viviendo en la calle por lo que la exigencia que se les hace, en esas condiciones, difícilmente puede considerarse como ‘voluntaria'”.

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