Menos armas, ¿más seguridad? Por Manuel Guerra Fuenzalida

Jun 10, 2022 | Opinión

Manuel Guerra Fuenzalida fue fiscal regional Oriente. Es profesor de Derecho Penal y Procesal Penal Universidad San Sebastián.

En su reciente cuenta pública, el Presidente de la República planteó dentro de sus proyectos el programa “Menos armas, más seguridad”, el cual busca junto a otras medidas reducir los niveles de violencia existentes en nuestra sociedad y frenar el alza delictual en lo que el propio Subsecretario de Prevención del Delito ha descrito como la mayor crisis de seguridad del país.

El programa anunciado se caracteriza por terminar con la posibilidad de tener armas en sus domicilios por parte de los ciudadanos chilenos, lo cual es hoy posible siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la Ley 17.798 sobre Control de Armas.

De ese modo, las personas que posean una o más armas inscritas se verían en la obligación de entregar sus armas a la autoridad, bajo el apercibimiento de verse expuestos a sanciones penales por dicho incumplimiento.

Frente al proyecto planteado, cabe realizar algunas reflexiones a fin de fundamentar nuestra discrepancia con la idea señalada y el por qué la decisión anunciada no reúne los más básicos estándares de política pública en materia de seguridad.

En primer término, es del caso indicar que cuando se habla de políticas públicas en materia de seguridad es fundamental, contar con evidencia que respalde la idea planteada. Pues bien, el principal argumento expresado por el gobierno ha sido el real aumento de la tasa de homicidios en el país y la proliferación de armas de fuego en la comisión de delitos.

Dicho argumento sin duda es relevante, pero no existe evidencia que respalde la premisa de que dicho aumento tenga como causa principal la sustracción de armas desde domicilios en donde estaba permitida su tenencia. No se ha presentado ningún estudio serio que avale esa tesis.

Por el contrario, si existe claridad de la existencia de internaciones ilegales de armas lo cual justifica fortalecer el control de ingreso de las armas por parte del servicio nacional de aduanas. De igual modo, existen antecedentes de distintas investigaciones en cuanto a que cada vez se ocupan más armas de fogueo adaptadas para disparar, lo cual al parecer justifica restringir o inclusive eliminar la comercialización de dichos artefactos. Igualmente, existen casos de robos de sustracciones de armas que han afectado a los órganos del Estado que monopolizan el uso de la fuerza.

Sobre esa base, al parecer la autoridad antes de tomar la más radical de las medidas que impide o hace ilusoria la legítima defensa de las personas y sus propiedades, tiene una serie de alternativas que es necesario estudiar y aplicar a la brevedad.

En primer lugar, es urgente revisar los requisitos para adquirir y poseer armas los cuales están establecidos en el artículo 5 A de la Ley 17.798, siendo fundamental limitar el número de armas a poseer por persona.

En segundo término, resulta fundamental fortalecer la fiscalización a quienes venden armas y a quienes registran armas inscritas a su nombre, como asimismo realizar un exhaustivo control del ingreso de armas al país. Es del caso indicar que hoy pueden pasar años sin que una persona que registre un arma inscrita a su nombre sea fiscalizada en su domicilio por parte de la autoridad.

Además de lo anterior, se puede determinar la prohibición de venta de armas de fogueo toda vez que estas con relativa facilidad pueden adaptarse para disparar munición letal lo que sin duda aumenta exponencialmente el número de armas en la calle debido a su fácil adquisición en el comercio establecido.

Por último, resulta fundamental realizar un catastro de los peritos armeros y artificieros que trabajan en las FFAA, Carabineros, PDI y Gendarmería incluyendo especialmente en el mismo a quienes estén situación de retiro de dichas instituciones, pues se debe controlar que hoy no estén colaborando en la producción y adaptación de armas.

De lo contrario, si se promueven políticas públicas sobre la base de las meras percepciones o del ingenuo o cándido deseo de tener una sociedad libre de violencia a través de establecer prohibiciones sin sentido a los ciudadanos que cumplen la ley, puede que a futuro fluyan ideas como  impedir la circulación de vehículos en determinados horarios para evitar las encerronas o accidentes de tránsito, o se impida la venta de alcohol para bajar los manejos en estados de ebriedad o se cierren los supermercados para evitar los hurtos.

El Gobierno debe entender que la improvisación de medidas en materia de seguridad, sin contar con un análisis acabado y sin la opinión de los diversos actores con conocimientos en la materia, puede conducir a malas decisiones, mas aún si se olvida la realidad ciudadana de muchos lugares en que el Estado es ineficaz para proteger a los ciudadanos sea por carencia de recursos o por ineptitud a la hora de actuar de parte de las agencias del Estado.

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