Medidas sobre sistema de nombramientos parten en agosto: Corte Suprema establece que procesos de selección anónimos, se realizarán entrevistas y en ternas deberá ir el candidato con mejor puntuación

Abr 29, 2021 | Actualidad

Créditos Imagen : Foto: Poder Judicial

Andrés López Vergara.

“Que ante la generalidad de las prescripciones legales que integran el sistema de nombramientos de los cargos del Poder Judicial, este tribunal ha intentado suplir los silencios del legislador mediante la regulación de procedimientos de selección del personal que lo integra, en la búsqueda de favorecer la elección de los mejores postulantes, restringir espacios a la discrecionalidad, concretar los principios de objetividad, igualdad, no discriminación e inclusión, favoreciendo el mérito y la antigüedad de los servidores judiciales, con plena y total transparencia y publicidad de la convocatoria, en aras de entregar un mejor servicio de justicia a los ciudadanos”.

Esa es una de las razones por la que el Pleno de la Corte Suprema emitió ayer un autoacordado en que se describen las normas que regirán desde el 1 de agosto para la selección de cargos de magistrados y funcionarios del Poder Judicial.

“Atendida la existencia de necesidades urgentes de abordar mediante la regulación específica de la materia, este tribunal insiste en sus esfuerzos de sistematizarla mediante el establecimiento de las fórmulas transitorias que se expresan y que permiten aplicar tanto los principios fundamentales expresados, como dotar de contenido material a las disposiciones que integran el ordenamiento jurídico de nuestro país a la fecha, constituyendo un imperativo indispensable en procura de conseguir los fines y objetivos planteados, proceso en lo cual todos quienes participan en los referidos procedimientos de selección deben, además, cautelar y promover, corrigiendo cualquier conducta que se aparte de tales postulados”, explican.

Anónimo

Agregan que “los procedimientos de selección serán anónimos y, por lo tanto, los concursos serán ciegos, por lo que se guiarán conforme a criterios que impidan conocer la identidad de quienes participan, siguiendo un mecanismo objetivo de puntuación de los antecedentes, incluyendo la posibilidad de designar bandas de puntaje respecto de los requisitos legales”.

Señalan que los sistemas de puntuación en los concursos serán desarrollados por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, asignando puntaje por separado a la antigüedad, tiempo en el Poder Judicial y en la categoría; a Ia calificación anual y a los cursos de perfeccionamiento distintos de los impartidos por la Academia Judicial.

En los concursos para cargos del Escalafón Primario, las pruebas a rendir serán elaboradas por la Academia Judicial. Tratándose de los demás escalafones, serán confeccionadas por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que podrá requerir la asesoría de dicha academia o de expertos.

“En todo el procedimiento de selección se considerará a los candidatos y candidatas con igualdad y no serán objeto de ninguna discriminación, procurando la mayor inclusión y otorgando las facilidades que corresponda en casos calificados. Los procesos de selección se guiarán por Ia máxima publicidad y transparencia, difundiendo su realización por todos los canales de comunicación que sea posible”, manifiestan.

Calificación

El Pleno estableció que “como garante de los principios rectores del método concursal que se regula y, particulamente, el de la objetividad, guardiana de la independencia, se contará con un sistema de puntuación para expresar el nivel de aprobación/satisfacción de cada atributo, por parte de quien postula, y que contribuirá a la cuantificación final, en un porcentaje predeterminado. Esta evaluación se traducirá en una nota, elemento necesario para la determinación por parte de las personas encargadas de la examinación, de quienes logren superar las líneas de corte de los controles de conocimiento y de adecuación psicolaboral, hasta la entrevista”.

En el caso de “concursos que se definan por medio de la confección de ternas, se procurará asignar un lugar en ella a quien obtuvo el máximo puntaje. Tratándose de concursos que deban resolverse al interior del Poder Judicial, las ternas se comunicarán al ente resolutor, igualmente de forma anónima. Tratándose de concursos que deban resolverse por una autoridad externa al Poder Judicial, las ternas y propuestas se le remitirán junto a todos los antecedentes de las personas seleccionadas con su individualización”.

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