Mascarillas no validadas por el ISP y falta de stock de más de dos meses de elementos para proteger al personal médico: el informe de Contraloría que detectó falencias en el Hospital Barros Luco durante los primeros meses de pandemia

Dic 8, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

“La carencia de stock suficiente de los elementos de protección personal no se ajusta al deber de las jefaturas de los organismos de la Administración del Estado en orden a preservar las condiciones de higiene y seguridad en los lugares de trabajo y de adoptar las medidas de prevención necesarias para resguardar la salud de sus funcionarios y de los usuarios del servicio”.

Esa fue uno de los hallazgos realizado por la Contraloría en el Hospital Barros Luco (HBLT) en una auditoría que buscaba determinar como se llevó adelante la administración de los elementos de protección de personal médico (EPP) durante la pandemia del Covid-19.

La primera falencia detectada se relaciona con los protocolos y la tardanza de meses en ser aprobados (desde julio en adelante). “Se verificó la tardanza de 6 meses en la dictación del acto administrativo que designó al encargado para el correcto cumplimiento y uso de EPP en el establecimiento, desde la fecha en que inicio el ejercicio de tales funciones. Asimismo, se constató que los protocolos denominados Uso de equipos de protección personal en la prevención de la transmisión de COVID-19; Manejo de hospitalizado COVID-19; Manejo de cadáveres de casos de COVID-19; Atención de pacientes con sospecha de infección respiratoria de etiología desconocida contexto coronavirus; y Quirúrgico COVID-19, fueron aprobados con posterioridad al inicio de su vigencia. Por tal razón, el HBLT deberá, en lo sucesivo, formalizar por escrito y oportunamente las decisiones que adopte la Administración, evitando incurrir en demoras como las observadas”.

Falta de stock

En relación al stock de mascarillas, jabones, guantes, el organismo fiscalizador detectó que hubo casos en que llegó a más de 70 días. Por ejemplo, las mascarillas de bioseguridad con válvula unidad estuvo 44 días sin stock.

“Por otra parte, al 31 de mayo de 2020, fecha de corte del período examinado, 4 productos permanecían sin stock por un período de hasta 74 días corridos desde la fecha de la última entrega, a partir de las cuales no quedaron saldos en bodega, tal como se muestra en la siguiente tabla”.

“En su respuesta, la autoridad del HBLT indica que el arsenal de insumos clínicos del recinto asistencial incluye una serie de productos EPP alternativos que permiten enfrentar la Pandemia, tal es el caso de los Guantes de procedimientos desechables, con diferentes medidas y tipos (látex, vinilo, nitrilo e incluso de tipo quirúrgicos que sirven para tales efectos) pudiendo todos ser parte del stock para enfrentar el COVID-19 en caso de ser necesario. Al respecto, es del caso precisar que los EPP sobre los cuales trata esta observación corresponden a aquellos informados por el Jefe de Abastecimiento del Hospital como utilizados en el establecimiento durante el periodo comprendido entre el 1 de marzo y el 31 de mayo, lo que, además, fue confirmado por el Jefe del Departamento IAAS, quien fue designado como encargado de supervisar los EPP en el establecimiento durante la pandemia. Aclarado lo anterior, y sin perjuicio de lo señalado por la autoridad del Hospital, toda vez que los argumentos presentados no desvirtúan el hecho objetado, correspondiente a la falta de stock en la Bodega Central de los productos consignados en las tablas Nos 4, 5 y 6, se mantiene la observación”.

Validación

La Contraloría también verificó la autorización y validación de mascarillas y escudos faciales adquiridos por el Hospital.

“De conformidad con la información publicada en el sitio electrónico de ese Instituto (ISP), debido a la emergencia causada por la pandemia por COVID-19 ese organismo público ha suspendido parcialmente el procedimiento de validación de la certificación de origen a través del RFI, excepto en relación con los productos del tipo máscaras autofiltrantes y pantallas faciales contra salpicaduras, en consideración a que tienen carácter prioritario y, por ende, son tramitados de manera acelerada. Revisado el citado RFI del Instituto de Salud Pública, se verificó que los casos que se detallan a continuación no cumplían con la certificación del referido EPP ni figuraban en el listado de Resoluciones Provisionales al Registro de Importadores y Fabricantes de EPP del ISP”, se indica en el documento.

Estas corresponden a “Mascarilla para influenza modelo N095 (Ref. 1870)” de origen chino, “Escudo Facial (visor) bolsa 10 unidades” y “Mascarilla Desechables con amarras unidad”.

Al respecto, el ISP informó a la Contraloría que las mascarillas KN95 son equivalentes a las N95 y FFP2, ambas autorizadas por la Subsecretaría de Redes Asistenciales para ser utilizadas durante esta pandemia, pues todas ellas responden a normativas similares desde el punto de vista técnico, incluyendo entre ellas la KN95, de origen chino, cuya certificación es GB2626-2006. “Dicha circunstancia significa que su capacidad filtrante es igual en eficiencia que una de tipo N95, aun cuando en su empaque señale ‘non medical’ o que no es de uso médico, puesto que ello se debe a que normalmente son fabricadas para la industria, lo que no incide en su capacidad de filtración”, señalan.

“El hecho de que el Hospital no haya verificado las certificaciones de los EPP utilizados por los funcionarios que se desempeñaron en las unidades clínicas donde se atendieron pacientes COVID-19, no se aviene con lo dispuesto en el citado artículo 54 del decreto N° 594, de 1999, del MINSAL, en cuanto ordena que los EPP deben ser objeto de la verificación del cumplimiento de las normas y exigencias de calidad que rijan a tales artículos, según su naturaleza, y que ordena al ISP la validación de las correspondientes certificaciones de origen, procedimiento cuya ejecución debió ser constatada por el establecimiento de salud”, concluye el organismo contralor.

La directora del HBLT señaló en su respuesta que las compras a los proveedores observados fueron realizadas en un período de contingencia y quiebre de stock a nivel nacional de los EPP, lo cual fue provocado por una demanda explosiva de esos productos.

“Añade que el Servicio Nacional de Aduanas, para efectos de simplificar los trámites de importación de los proveedores de insumos críticos producto de la alta demanda y los quiebres que estaba presentando el mercado, dicto la resolución exenta N° 1.313, de 26 de marzo de 2020, que permite la entrada preferencial de los productos para la prevención y control de la enfermedad COVID-19, cuya copia acompaña, e indica que el Certificado de Destinación Aduanera (CDA), emitido por el ISP, permite el ingreso al país de tales productos. Agrega que, para salvaguardar la factibilidad de uso de estos elementos en el recinto asistencial, el referente técnico infectólogo del HBLT levantó distintas pautas de evaluación validando como alternativa de uso para protección viral del personal de la institución, aquellas relacionadas con las mascarillas KN95, escudo facial y mascarilla de 3 pliegues con elásticos, cuyas copias adjunta a su respuesta”.

Ante esto, la Contraloría estimó que “al respecto, es del caso indicar que la observación de que se trata dice relación con el RFI y no con el CDA, ambos documentos emitidos por el ISP. Precisado lo anterior, y en circunstancias que no se acreditó que el ISP hubiera validado transitoriamente la certificación de origen de los EPP individualizados en la tabla N° 8, que permitiera su utilización como mascarillas equivalentes a las N95 y FFP2, se mantiene la observación”.

Bolsas mortuorias

“De la revisión practicada, se advirtió que el SSMS, envío 276 bolsas mortuorias entre los meses de marzo y mayo de 2020, al HBLT, las cuales no se registraron en los inventarios de esta última entidad, toda vez que se entregaron directamente a la Unidad de Anatomía Patológica, según fue informado por el Jefe dicha Unidad, mediante correo electrónico de 14 de agosto de 2020. En efecto, dichos productos fueron distribuidos por la aludida Unidad de Anatomía Patológica a los encargados de gestión de camas del recinto asistencial, en circunstancias que dicha función le corresponde a la Unidad de Bodega del Departamento de Abastecimiento”, detectó la Contraloría.

Lea el informe acá.

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