Tribunal absuelve a imputado de robo en lugar habitado y lo sobresee del delito de porte ilegal de municiones por falencias en reconocimiento y recopilación de evidencia

Oct 27, 2020 | Actualidad

Andrés López Vergara, En Estrado.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Ángeles absolvió ayer a Edgardo Antonio Muñoz Aedo, acusado por el Ministerio Público como autor del delito de robo en lugar habitado. Ilícito supuestamente cometidos en abril de 2018, en la ciudad. La razón: no se incorporaron pruebas que lo vincularan con el hecho, funcionarios policiales que lo detuvieron no declararon y reconocimiento no fue fiable.

En fallo unánime (causa rol 9-2020), el tribunal –integrado por los magistrados Paola Schisano Pérez (presidenta), Gino Viale Acosta y Christian Osses Baeza (redactor)– tras la deliberación de rigor, dio por acreditado la ocurrencia del delito, pero no la participación culpable de Muñoz Aedo en los hechos.

“En efecto, en cuanto a la participación, tanto la víctima como los dos funcionarios que se entrevistaron con ella, refieren que se trataba de un individuo que vestía gorro y ropas oscuras, y sólo se supo por declaraciones de oídas que el acusado había sido detenido minutos después de ocurridos los hechos en el camino a San Antonio aparentemente con el balón de gas sustraído en su poder. Sin embargo, no se incorporó como prueba el gorro y las ropas oscuras que supuestamente debió vestir el acusado si verdaderamente se trataba de la misma persona que había visto la víctima. Por lo que el Tribunal careció de esos elementos a la hora de valorar la acreditación de la participación”, consigna el acta de deliberación

El veredicto agrega que: “Por otra parte, no declararon los dos funcionarios de Carabineros que habrían detenido al acusado, por lo que, tal como dijo el fiscal en su clausura, se ignoran las circunstancias en que el acusado fue detenido, y por lo mismo, si realmente tenía el balón de gas de la víctima en su poder. Y por último, el reconocimiento a que fue sometido el acusado en la casa de la víctima, no resulta fiable, sino inductivo, pues no cumplió con ninguno de los criterios de objetividad que contempla el protocolo de reconocimientos que fue diseñado por el propio Ministerio Público”.

Asimismo, al inicio de la audiencia de juicio, el ente persecutor presentó la solicitud de sobreseer definitivamente a Muñoz Aedo de responsabilidad en el delito de porte ilegal de municiones por carecer de evidencias. Solicitud que fue acogida por el tribunal.

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