Le llegó cuenta de $190 mil: acogen recurso de protección y ordenan a Enel que refacture a usuario cuyo medidor fue manipulado y le cobraron montos abultados

Jul 22, 2020 | Actualidad

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“Que conforme a lo expuesto, esta Corte llega a la convicción que se han producido las vulneraciones denunciadas, ya que la actuación de la recurrida ha atentado en contra de la integridad psíquica del recurrente desde que se le ha dejado de proporcionarle su suministro eléctrico así como su derecho de propiedad al exigírsele el pago de una sumas que legalmente no le corresponde pagar”, indica la Corte de Apelaciones de Santiago.

Andrés López Vergara, En Estrado.

El caso partió así. Un usuario que vive en un departamento de 70 metros cuadrados comenzó a recibir cuentas excesivamente elevadas, llegando a $140 mil, sin que haya una razón coherente. Su hogar presentaba además fallas eléctricas, se recalentaban los artefactos y se registraban “golpes de corriente súbitos”. El 13 de enero recibió un orden de corte de servicio y fue a pagar, encontrándose con una facturación de $190 mil.

Pidió acceso al panel, pero le fue negado por la administración, por lo que llamó a Carabineros y descubrieron que el medidor estaba abierto. Luego de este hecho, la cuenta bajó un 50% y se detuvieron los recalentamientos de artefactos. Se comunicó con Enel, pero le indicaron que para resellar el medidor él debía pagar $ 9 mil pesos. Al ver esta situación, dio orden de no pago al cheque girado por $190 mil, por incumplimiento comercial, encontrando su medidor abierto y forzado, todo lo cual constituía a su juicio una vulneración de sus garantías constitucionales. Tras esto, le cortaron el suministro de luz.

Tras la presentación del recurso de protección, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió la acción constitucional y le ordenó a Enel Distribución Chile S.A. y le ordenó reparar medidor de consumo domiciliario y refacturar los cobros excesivos denunciados.

En fallo unánime (causa rol 13.121-2020), la Séptima Sala del tribunal de alzada consideró arbitraria e ilegal la decisión adoptada por la compañía que, tras ser notificada de la falla detectada, procedió a cortar el suministro al domicilio del recurrente.

“Que desde este contexto aparece entonces que, conforme ya lo determinó la Superintendencia de Electricidad y Combustibles que, se produjo una intervención del medidor así como un cobro excesivo de los consumos por suministros eléctricos, de modo que, existe un acto ilegal de parte de ENEL DISTRIBUCIÓN CHILE S.A y, arbitrario, porque careció de justificación, no obstante que se puso en conocimiento de ésta, y porque además ante el no pago de los mismos, se procedió al corte del suministro eléctrico”, plantea el fallo.

La resolución agrega: “Que conforme a lo expuesto, esta Corte llega a la convicción que se han producido las vulneraciones denunciadas, ya que la actuación de la recurrida ha atentado en contra de la integridad psíquica del recurrente desde que se le ha dejado de proporcionarle su suministro eléctrico así como su derecho de propiedad al exigírsele el pago de una sumas que legalmente no le corresponde pagar”.

Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido, debiendo ENEL DISTRIBUCION CHILE S.A., proceder a normalizar el funcionamiento del medidor que corresponde al domicilio que habita y a la refacturación de los suministros eléctricos y cobrar lo que corresponda a los reales los consumos por suministros eléctricos en el domicilio del recurrente dentro del plazo fijado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles”.

 

ENEL MAL FUNCIONAMIENTO MEDIDOR

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