Las “malas madres”. Por Daniela López y Francisca Millán

May 7, 2021 | Opinión

Daniela López y Francisca Millán. Socias AML Defensa de Mujeres.

A 11 años de la condena al Estado chileno por el caso Atala e hijas v/s Chile, el estereotipo de “mala madre” goza de extrema y perversa vitalidad en el sistema de justicia chileno.

En el 2010 la Corte Interamericana tuvo que resolver, entre otros elementos, la responsabilidad internacional del Estado por el alegado trato discriminatorio que habría sufrido la señora Atala debido a su orientación sexual en el ejercicio de su maternaje, en el proceso judicial que resultó en el retiro del cuidado personal de sus hijas. Para estos efectos, la Corte analizó, entre otros, los argumentos expuestos por la sentencia de la Corte Suprema y la decisión de cuidado personal provisorio del Juzgado de Menores de Villarrica:

El 2 de mayo de 2003 dicho Juzgado concedió el cuidado personal provisorio al padre, aunque reconoció que no existían elementos que permitieran presumir causales de inhabilidad legal de la madre. En dicha decisión, el Juzgado motivó la decisión, con los siguientes argumentos:

“i) que […] la demandada haciendo explícita su opción sexual, convive en el mismo hogar que alberga a sus hijas, con su pareja, […] alterando con ella la normalidad de la rutina familiar, privilegiando sus intereses y bienestar personal, por sobre el bienestar emocional y adecuado proceso de socialización de sus hijas”, y ii) que la demandada ha privilegiado su bienestar e interés personal por sobre el cumplimiento de su rol materno, en condiciones, que pueden afectar el desarrollo posterior de las menores de autos, y de lo cual no cabe sino concluir, que el actor presenta argumentos más favorables en pro del interés superior de las niñas, argumentos, que en el contexto de una sociedad heterosexuada, y tradicional, cobra[n] gran importancia”.

El 29 de octubre de 2003 el Juzgado de Menores de Villarrica adoptó una segunda decisión en la que rechazó la demanda de cuidado personal del progenitor considerando que, con base en la prueba existente, había quedado establecido que la orientación sexual de la demandada no representaba un impedimento para desarrollar una maternidad responsable, que no presentaba ninguna patología psiquiátrica que le impidiera ejercer su “rol de madre”. Dicha decisión fue apelada. El 30 de marzo de 2004, la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia. Posteriormente, el progenitor de las niñas presentó un recurso de queja contra la Corte de Apelaciones de Temuco. El 31 de mayo de 2004, la Cuarta Sala de la Corte Suprema de Justicia de Chile acogió el recurso de queja, concediendo el cuidado personal definitivo al padre. En dicha sentencia, la Corte Suprema indicó que:

“iii) La señora Atala ha interpuesto sus propios intereses, postergando los de sus hijas, especialmente al iniciar una convivencia con su pareja homosexual en el mismo hogar en que lleva[ba] a efecto la crianza y cuidado de sus hijas separadamente del padre de estas. iv) La eventual confusión de roles sexuales que puede producírseles por la carencia en el hogar de un padre de sexo masculino y su reemplazo por otra persona del género femenino, configura una situación de riesgo para el desarrollo integral de las menores [de edad] respecto de la cual deben ser protegidas”.

En este contexto, la Corte sentenció que el artículo 1.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos es una norma de carácter general cuyo contenido se extiende a todas las disposiciones del tratado, y dispone la obligación de los Estados Parte de respetar y garantizar el pleno y libre ejercicio de los derechos y libertades allí reconocidos “sin discriminación alguna”. Respecto al derecho a la igualdad y no discriminación, la Corte estableció que la orientación sexual y el género son categorías protegidas por la Convención Americana.

A su vez, la Corte Interamericana resaltó que el objetivo general de proteger el principio del interés superior del niño es, en sí mismo, un fin legítimo, pero no se puede ocupar este para legitimar la discriminación en base a categorías sospechosas o estereotipos de género. En consecuencia, la Corte consideró que exigirle a la madre que condicionara sus opciones de vida implica utilizar una concepción “tradicional” sobre el rol social de las mujeres como madres, según la cual se espera socialmente que las mujeres lleven la responsabilidad principal en la crianza de sus hijos e hijas y que, en pos de esto, hubiera debido privilegiar la crianza de las niñas renunciando a un aspecto esencial de su identidad. Por tanto, la Corte manifestó que bajo esta motivación del supuesto privilegio de los intereses personales de la señora Atala tampoco se cumplía con el objetivo de proteger el interés superior de las tres niñas.

La función de la reproducción social ha sido desde siempre, una parte medular del sistema de género, en tanto que en dicha función se conjugan de manera paradigmática las diferencias biológicas de los sexos y las producciones culturales en torno a estas. Desde la perspectiva de género es fácil advertir que, si bien la reproducción biológica se sabe compartida por ambos sexos, la reproducción social se asume como una responsabilidad de las mujeres.  De esta manera la maternidad se torna una experiencia sobrecargada de mandatos sociales.

La maternidad perfecta no existe. La sociedad engaña con imágenes de mujeres que –pareciera– viven para cambiar pañales y cuidar para toda la vida. Pero la realidad está muy lejos de una casa perfectamente ordenada. La imposible lista de requisitos que –se supone– debe cumplir una mujer para ser considerada buena madre: paciente, abnegada, siempre pulcra y cuidadosa, es sobre explotación romantizada e invisibilizada.

Amar a los hijos e hijas, no significa que se nace solo para servir a otros. En buena hora, los últimos años comenzó a romperse el tabú de la subyugación materna: ahora sí se puede hablar de las angustias del puerperio, de la presión diaria con la que cargan las mujeres que tratan de conciliar la vida profesional con la crianza, de los prejuicios que acechan, y del lado B de la maternidad, que, lejos de ser una vida de rosas, enfrenta a continuos desafíos, temores, violencias y contradicciones.

La maternidad de carne y hueso desarma los mitos y requiere con urgencia la construcción de un nuevo modelo social, donde la mujer no pierda su identidad como persona y se vea subyugada al rol materno. Sin embargo, se vive siendo señaladas por no hacer o ser lo suficiente supermamás y si pasa algo nadie piensa en la irresponsabilidad paterna, todo cae siempre sobre la mujer.

La culpa la ejerce la sociedad y sus instituciones, incluso se condena desde el sistema de justicia, por no estar todo lo presente que (por estereotipo) se considera que una madre debe estar, y, por otro lado, con el espacio de trabajo que muchas veces debe postergarse por asuntos familiares. Se exige trabajar como si no tuviera que cuidar y cuidar como si no tuviera que trabajar. La presión por cumplir con todo al 100% es muy fuerte y el reparto de tareas con los varones es extremadamente desigual. La culpa por ser mala madre o no lo suficientemente buena es un impedimento para disfrutar de la vida, es una voz interna de insuficiencia permanente. Es indispensable cuestionarse qué implica ser una madre buena y romper viejos paradigmas que sobrecargan a la mujer de manera injusta.

¿Cómo se puede vivir tranquila, en una vida libre de violencia, cuando todo lo que se hace está teñido de críticas y moralismo? Es difícil si tenemos en cuenta que a las mujeres se las acusa de abandono si salen a trabajar y dejan a sus hijos al cuidado de trabajadoras domésticas o de sus propias madres, incluso de los propios progenitores varones. No hay caso: cualquier cosa que hagan las madres, va/puede a estar mal.

Este domingo en todo Chile se va a celebrar el día de las madres, una celebración que no se compara con la de años anteriores, que hay que evaluar en su complejidad. La mayoría de las madres se encuentran en este momento, confinadas, con sobre exigencia en sus hogares, explotadas, con tres veces más trabajo doméstico, a cargo de la educación de sus hijos, muchas de ellas viviendo violencia doméstica por parte de sus agresores, sin redes de apoyo, y aisladas.

Este es un día de las madres en el cual debiéramos dejar de romantizar el concepto de “familia tradicional” como lo sentenció la Corte Interamericana el 2010, porque esta idea no nos permite observar la gran desigualdad en la que se encuentran las mujeres madres en Chile.

En este día de las madres, para poder realmente reconocer la labor social que cumplen, se debe apuntar a que las familias se constituyan en igualdad y amor; reconociendo el trabajo doméstico y de cuidados, que la violencia a las mujeres, tanto física, como económica, sexual, psicológica, institucional, deje de ser tolerada y normalizada, que se pueda erradicar, partiendo por los agentes del Estado. Y que, al mismo tiempo, la labor social del cuidado de la humanidad, y de la infancia, sea algo que se reparta equitativamente en la sociedad, y no que se siga cargando de manera injusta, invisible y gratuita en la explotación de las mujeres.

¿Qué pasaría si la maternidad dejara de ser un mandato esclavizante y se transformara en un puente hacia una igualdad material y libertad mayor? ¿Si implicara reivindicar un lugar en el mundo y no volverse una persona sumisa, asexuada y sin metas personales? Sin duda, empezaríamos a vivenciar lo que es vivir en una sociedad sustantivamente igualitaria.

| LO MAS LEIDO