El Noveno Juzgado de Garantía de Santiago desestimó los intentos de la defensa por quitar la prueba pericial de la Contraloría y mantuvo la cautelar de arresto nocturno para la exalcaldesa de Maipú. Con la revisión del auto de apertura como último trámite pendiente, la causa penal ingresa a su fase decisiva ante la inminente radicación del expediente en el tribunal oral.
En el tramo final de la Audiencia de Preparación de Juicio Oral (APJO), el escenario procesal de la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, ha quedado delimitado por dos resoluciones clave del Noveno Juzgado de Garantía de Santiago que fortalecen la posición probatoria del Ministerio Público y consolidan el estándar de necesidad de cautelar exigido para la etapa de juicio. Las decisiones tomadas por la magistratura en los primeros días de noviembre no solo despejaron los incidentes promovidos por la defensa para depurar el auto de apertura, sino que ratificaron la vigencia de los antecedentes contables y testimoniales en los que la Fiscalía Metropolitana Oriente sustenta su acusación por delitos de corrupción.
La primera resolución, dictada el 2 de noviembre de 2026, abordó uno de los debates técnicos más complejos de la APJO: la admisibilidad de los peritajes de la Contraloría General de la República (CGR). La defensa de la exjefa comunal solicitó la exclusión del juicio oral de los peritos del ente fiscalizador y de testigos que no prestaron declaración en la etapa investigativa, apoyando su impugnación en un dictamen administrativo de 2005 en el que la CGR sostuvo que “los investigadores de su institución no podían participar de juicios de este tipo”.
Sin embargo, el tribunal desestimó el argumento y confirmó que los profesionales especializados propuestos por la fiscal de Alta Complejidad, Constanza Encina, podrán prestar su testimonio en estrado. El fallo resulta determinante para el desarrollo del juicio, dado que dichos peritos fueron quienes examinaron la gestión financiera municipal entre 2016 y 2021, detectando las supuestas irregularidades contables que fundan la acusación. Esta decisión se suma a la dictada el 20 de octubre de 2026, fecha en que la magistratura rechazó excluir a la Municipalidad de Maipú de su condición de querellante en la causa.
El factor cautelar y la inminencia del auto de apertura
El segundo revés judicial para la exautoridad se produjo en la audiencia del 5 de noviembre de 2026. La defensa de Barriga, encabezada por el Defensor Regional Metropolitano Sur, Renato González, solicitó la sustitución de la medida de arresto domiciliario nocturno por las cautelares de firma mensual y arraigo nacional, argumentando el transcurso del tiempo en el proceso y el cumplimiento irrestricto de las medidas impuestas tras su paso por el Centro Penitenciario Femenino de San Joaquín.
La jueza Constanza Estay rechazó la pretensión de la defensa y mantuvo el arresto nocturno, atendida la naturaleza de los ilícitos y la proximidad de la fase del juicio oral. Desde una lectura interpretativa del procedimiento, la ratificación del régimen cautelar refleja la ponderación del tribunal respecto de la intensidad de las penas solicitadas por el Ministerio Público, entidad que acusa a la exalcaldesa por malversación de caudales públicos, fraude al Fisco, falsificación de instrumento público y negociación incompatible, requiriendo un castigo que alcanza hasta los 23 años de presidio.
Con la resolución de las exclusiones probatorias y el estatus cautelar definido, las audiencias de preparación del juicio oral enfrentan su término operativo. El proceso se encuentra a la espera de la revisión del auto de apertura, resolución judicial que fijará definitivamente las acusaciones, los medios de prueba admitidos y los querellantes habilitados. Una vez ejecutoriado dicho dictamen, el Noveno Juzgado de Garantía derivará el expediente al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal correspondiente para el inicio del juzgamiento definitivo.




