Las consecuencias de una acusación incompleta: Corte sobresee a imputado de homicidio calificado porque la fiscalía no lo nombró en el relato de los hechos

Jun 24, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Poder Judicial

“Lleva la razón la defensa al solicitar, en lo principal, que se sobresea definitiva y parcialmente esta causa, en lo que al imputado toca, puesto que a su respecto el escrito que ha presentado el Ministerio Público presenta defectos esenciales que no lo hacen viable”, señala el tribunal de Concepción.

Andrés López

Fue un caso bullado el año pasado que involucraba el asesinato de un hombre supuestamente por encargo de su mujer en la VIII Región. Los delitos involucrados son los más graves de nuestro ordenamiento jurídico, el parricidio y el homicidio calificado.

En total eran seis imputados, entre los cuales estaba Carlos Spielman Vidal, contra quien pesaba el último de los ilícitos anteriores. El proceso en el Juzgado de Garantía de Chiguayante avanzó, pero todo cambió tras la presentación de la acusación realizada por el Ministerio Público.

El defensor penal público del imputado, Claudio Vigueras, notó que en este documento estaba su nombre en la acusación del delito de homicidio calificado, pero no así en la descripción de los hechos realizada en la fiscalía. Es por este motivo que solicitaron el sobreseimiento definitivo, lo que fue rechazado por el tribunal de garantía. Sin embargo, recurrieron a la Corte de Apelaciones de Concepción, la que la semana pasada decretó el sobreseimiento definitivo de Spielman.

“Que, en el caso en estudio no cabe duda alguna que se presentó acusación por el Ministerio Público (aquella que la defensa dice no es acusación por no reunir los requisitos del artículo 259 del Código Procesal Penal), el Tribunal la tuvo por presentada y procedió a fijar audiencia de preparación de juicio oral. Hay que tener presente que son varios los imputados y respecto de los otros sí hubo acusación, en algunos casos sin problema alguno y en otros con vicios, que se estimaron como defectos formales. Sin embargo, en el caso del imputado, al leer el escrito que el ente persecutor presenta y denomina acusación, respecto de este encartado, no se describen hechos que puedan ser tipificados como delitos, puesto que, en los hechos latamente descritos en el libelo acusatorio, no hay mención alguna que vincule al formalizado con los que allí se describen”, indica la Sexta Sala de ese tribunal.

“En consecuencia, lleva la razón la defensa al solicitar, en lo principal, que se sobresea definitiva y parcialmente esta causa, en lo que al imputado toca, puesto que a su respecto el escrito que ha presentado el Ministerio Público presenta defectos esenciales que no lo hacen viable en un sistema procesal penal acusatorio, que exige el máximo rigor en un acto de esa naturaleza”, resolvieron de forma unánime.

 

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