Las alertas del Centro de Estudios de Justicia de las Américas sobre la realización de audiencias judiciales virtuales

Jun 9, 2020 | Uncategorized

Andrés López Vergara, En Estrado.

El organismo junto a la U. Alberto Hurtado analizaron los escenarios sobre las complejidades que enfrentarán los juicios orales en la región y entrega una serie de directrices para evitar vulneraciones de derechos.

Salud, tecnología, derechos y justicia. Son los ingredientes de un debate jurídico que apareció tras el cambio de paradigma provocado por la pandemia del Covid-19. La virtualidad de las audiencias, el respeto de los derechos de los intervinientes y la seguridad de la salud son tres conceptos enfrentados y el desafío es hallar un equilibrio, que el acceso a la justicia sea justo.

Es en ese contexto que se elaboró un documento de trabajo por parte del Centro de Estudios de Justicia de las Américas (CEJA) y la Universidad Alberto Hurtado, en el que los expertos analizan las dificultades, beneficios y futuras complejidades que implica la realización de audiencia por videoconferencia, en especial, lo referente a los juicios orales.

En la elaboración de “Tecnología, proceso penal, audiencias y juicio oral” participaron el director del CEJA, Jaime Arellano, Laura Cora, Eduardo Gallardo, Leonardo Moreno, Rafael Blanco, Mauricio Decap, Fernando Guzmán y Manuel Quilichini.

“La vuelta a la normalidad tardará y será lenta, y aunque ello se logre en algún momento, deberá lidiarse al mismo tiempo con las causas que quedaron rezagadas en el sistema judicial, lo cual generará demoras y afectación de derechos de los ciudadanos y ciudadanas que deben ser observadas y solucionadas (…). Enfrentamos también el peligro de retrocesos en los sistemas orales y adversariales hacia soluciones temporales de escrituración por vías electrónicas, volviendo a una lógica de comunicación y debate asincrónico, falta de transparencia y de control de la calidad de la información. Estas eventuales soluciones temporales tienden a permanecer e incorporarse en la práctica dañando las bases del sistema penal oral, acusatorio y adversarial”, da cuenta el texto en su introducción.

Dificultades

Los expertos apuntan que la tecnología es una herramienta para lograr sacar adelante las audiencias, apuntando a que es recomendable que su uso se privilegie en casos como controles de detención o situaciones en que hay una persona privada de libertad.

“Necesariamente deberá priorizarse el agendamiento y realización de aquellas audiencias cuyo desarrollo se considere indispensable, como las de control de legalidad de la detención o las asociadas a debates sobre la prisión preventiva u otras cautelares personales de alta intensidad, por sobre otras que puedan diferirse en el tiempo y reagendarse. El criterio básico para considerar es que no se afecte con su realización -más allá de lo razonable- la calidad del debate y que se pueda garantizar la presencia del imputado si correspondiere y/o su comunicación permanente y eficaz con su defensor técnico. Incluso se debe considerar la posibilidad de que se rinda de manera excepcional prueba durante las audiencias preliminares o que el imputado preste declaración ante el juez de control de la investigación. En tal evento de proponen las condiciones mínimas para efectuar la recepción de tales probanzas de manera remota cautelando la inmediación del tribunal, la oralidad y la posibilidad de ejercer un control efectivo de la prueba en el contexto de formalidad de un acto de prueba.”, señalan.

En el documento también se entregan directrices de cómo se pueden enfrentar las interacciones entre las partes en las audiencias por Zoom, dado que plantean el resguardo de ciertos derechos, como, por ejemplo, el acceso a la carpeta investigativa por parte del defensor durante la audiencia, las conversaciones privadas, la intervención del imputado, el acceso del juez a los antecedentes, entre otros puntos.

“Resulta indispensable entonces la compleja tarea de debatir y hacer propuestas sobre cómo abordar la compleja situación que enfrenta el sistema de impartición de justicia penal en este difícil e incierto contexto. Los imputados demandan audiencias en que puedan ejercer de manera oportuna y eficiente su derecho a confrontar la imputación, las víctimas por su parte requieren un sistema que se haga cargo de sus demandas de justicia y reparación, y la sociedad toda, demanda un sistema de justicia que no puede paralizarse, y que, además, debe contribuir a la construcción de la paz social. El imperativo sanitario del distanciamiento físico y del resguardo de la salud de los ciudadanos, obliga al mundo jurídico a repensar la forma de desarrollar la impartición de justicia penal en los sistemas acusatorios adversariales haciendo los distingos imprescindibles para asegurar en todo el proceso penal, audiencias preliminares, de juicio y de ejecución el debido respeto de los principios que informan el debate que proponen las audiencias orales”, señalan.

Informe CEJA U Alberto Hurtado

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