Agustín Walker Martínez. Abogado de la Universidad de Chile. Diplomado de Derecho Penal de la Universidad de Talca. Diplomado en Sistema Procesal Penal de la PUC. Abogado asociado en Vial & Asociados.
Hace 12 años, en la madrugada de un 8 de diciembre de 2010, 81 personas que se encontraban privadas de libertad en la Torre 5 de la Cárcel de San Miguel, se vieron atrapadas en un fatídico incendio que provocó su muerte, falleciendo todos calcinados en medio de severas negligencias de la autoridad penitenciaria. Esas 81 personas, cuyo promedio de edad era de apenas 24 años, fueron un ejemplo brutal de las deficiencias estructurales de nuestro sistema de prisiones, lo que provocó diversos movimientos sociales y acciones estatales para responder a lo que el Ministro de Justicia de ese entonces llamó -con razón- “una tragedia terrible”.
Como consecuencia de este terrible hecho, se anunciaron diversas medidas. Así, por ejemplo, se presentó rápidamente un proyecto de indulto que derivó luego en la dictación de la ley 20.588 de 1 de junio de 2012, que supuso el indulto de 904 personas del Sistema Cerrado, y de 3174 personas del Sistema Abierto y Semiabierto[1], en lo que se reconoció como una solución “parche” e “incompleta” para la solución efectiva de los problemas estructurales del Sistema Penitenciario[2]. En esa misma época, se dictó la ley 20.603, que supuso una importante modificación en las penas alternativas a la privación de libertad, y un importante cambio en la composición del sistema penitenciario. Esta última ley buscó expresamente hacerse cargo de manera más definitiva de las deplorables condiciones del sistema penitenciario, precisamente para evitar que se repitieran hechos como los ocurrido en la Cárcel de San Miguel, cuyo impacto seguía vivo en la sensibilidad colectiva.[3] Lo que se buscó, en la época, fue ambicioso: no sólo solucionar el problema del hacinamiento, sino reiterar que la cárcel, cuya brutalidad e inhumanidad había sido recientemente refrescada en la memoria, era la última vía a la que el Estado podía y debía acudir, vía que no colaboraba en lo más mínimo en la reinserción pretendida, por lo que las alternativas a la misma debían potenciarse, y el hacinamiento y malas condiciones de vida, terminarse de una buena vez (Historia de la ley 20.603: 661).
A 12 años de esas muertes de personas bajo custodia del Estado, y del revuelo por ello generado, la pregunta es ¿Cómo sigue nuestro sistema penitenciario? Sin desconocer ciertos avances en algunas materias, la respuesta, lamentablemente, es preocupante.
- En primer lugar, si bien se generó una importante disminución de la población penitenciaria, como consecuencia de la dictación del indulto y de la ley 20.603, ella aún se mantuvo en niveles comparativamente altos y de preocupación. A la época del fatídico incendio, nuestro sistema cerrado tenía una población penal de 54.000 personas privadas de libertad, cifra estratosférica que fue reducida luego de estas modificaciones, llegando a niveles cercanos a las 40.000 personas, en una reducción que no supuso impacto alguno en las estadísticas de criminalidad, y que demostró el uso excesivo e injustificado del encarcelamiento. A pesar de dicho importante avance, a la fecha, hemos experimentado una nueva y preocupante alza en nuestras cifras de población recluida en sistema cerrado, llegando en octubre de este año a las 45.000 personas recluidas[4], en un incremento acelerado que sólo en 2022 ha aumentado en cerca de 5.000 personas la población totalmente recluida. Ello debe llamar rápidamente a la acción interinstitucional, para dar con una política pública comprensiva en materia de seguridad y cárceles, que impida que esta última se potencie como una vía idónea para solucionar lo primero, en circunstancias que sólo colabora a potenciar los problemas sociales estructurales que subyacen a la delincuencia. Mantenernos en la vía del encarcelamiento creciente sólo nos llevará a tener más y peores tragedias como aquella que conmemoramos a 12 años de su ocurrencia, sin resolver en lo más mínimo el problema de la delincuencia ni dar seguridad a la población.
- En segundo lugar, los problemas de habitabilidad, hacinamiento, y acceso a condiciones de vida mínimamente dignas, sigue siendo una deuda pendiente para el Estado y la sociedad. La invisibilización inherente al castigo penitenciario se ha traducido, hasta el día de hoy, en condiciones de vida infrahumanas, intolerables en toda sociedad democrática, y que deben ser enmendadas con acciones concretas y vinculantes. En ello, la descongestión progresiva del sistema penitenciario tiene una importante labor que cumplir.
- Por último, los déficits normativos e institucionales del sistema penitenciario también se mantienen hasta el día de hoy. Si en 2010 no contábamos con una ley de ejecución de sanciones penales que regule orgánica y adecuadamente, desde una perspectiva de garantías y no sólo de custodia, la manera en que las penas se ejecutan en Chile, esa preocupante realidad persiste hasta el día de hoy, a pesar de ciertos esfuerzos incipientes por parte de algunos gobiernos, que no han llegado a destino. Sólo con una institucionalidad robusta y bien diseñada, y con tribunales de ejecución de sanciones penales especializados que fiscalicen y resguarden adecuadamente el cumplimiento de las penas y medidas de seguridad, la dramática situación penitenciaria contará con algún contrapeso normativo e institucional que le permita resguardar garantías y condiciones de vida dignas.
En suma, la conmemoración de 12 años del catastrófico incendio de la cárcel de San Miguel, que cobró la vida de 81 jóvenes cuya vida se encontraba bajo custodia y tutela del Estado, nos debe recordar una y otra vez que nuestro sistema penitenciario se encuentra en permanente crisis, y que se requieren acciones decididas, políticas de Estado coherentes y persistentes en el tiempo, basadas en evidencia, que permitan reestructurar nuestro sistema penitenciario, repensar la manera en que respondemos al complejo fenómeno del delito, y dar de una buena vez con políticas serias y meditadas que respondan al temor ciudadano y a la delincuencia de manera integral y eficiente. Sólo cabe esperar que no tengamos que vivir una nueva tragedia de esta magnitud para recordar -una vez más- que tenemos que repensar la cárcel.
[1] Fuente: Solicitud de transparencia respondida por carta N° 3739 de 2022, por Gendarmería de Chile.
[2] https://www.senado.cl/noticias/constitucion/aprueban-proyecto-sobre-indulto-general-que-beneficiara-a-cerca-de-6-mil
[3] Historia de la ley 20.603, páginas 150, 155, 156, 175, 177, 178, 266, 548, 603, 605, 608, 610 y 661.
[4] Gendarmería de Chile: https://www.gendarmeria.gob.cl/est_general.html