El titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acudió a la justicia laboral acusando un indebido doble juzgamiento tras la apertura de un cuaderno de remoción en la Corte Suprema, luego de haber sido absuelto por la Corte de Apelaciones por sus viajes al extranjero durante licencias médicas. La acción legal denuncia además filtraciones, falta de protección ante amenazas de muerte y represalias por su rol gremial.
En una nueva y compleja arista del conflicto que enfrenta al juez Daniel Urrutia Labreaux con las altas jefaturas del Poder Judicial, el magistrado titular del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago interpuso una demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ), representada formalmente por la presidenta de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich. En el escrito, revelado en parte por Radio Biobío el magistrado solicitó una indemnización de $77,4 millones por concepto de daño moral y requirió como medida cautelar la suspensión inmediata del cuaderno de remoción abierto en su contra en el máximo tribunal.
La acción fue ingresada ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago bajo el patrocinio de los abogados Paula Pizarro San Martín y Carlos Quezada Orozco, tribunal que ya admitió a trámite la presentación y fijó la audiencia preparatoria para el próximo 16 de noviembre. El libelo acusa que la decisión del Pleno de la Corte Suprema de abrir de oficio un proceso de remoción genera una “apariencia objetiva de sancionar dos veces” un mismo núcleo de hechos, afectando garantías constitucionales y la estabilidad del ejercicio jurisdiccional.
El trasfondo de los viajes
El origen administrativo del caso se remonta al 17 de julio de 2025, fecha en que se ordenó un sumario para indagar la salida del país del juez Urrutia durante periodos de licencia médica. La investigación contempló dos desplazamientos al extranjero: el primero a Costa Rica en enero de 2020 para asistir a la audiencia de la causa Urrutia Laubreaux vs. Chile ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), y el segundo a Ecuador en junio de 2022.
Respecto de esta última estadía, el propio escrito del magistrado detalla la justificación médica y profesional del viaje: “El segundo viaje tuvo lugar en junio de 2022, hacia el final de una licencia psiquiátrica prescrita por mi médico tratante. Viajé a Ecuador con el objeto de realizar una terapia de activación conductual prescrita y autorizada por el mismo profesional dirigida por una profesional facilitadora de ritos de paso y se decidió el viaje en ese momento pues coincidió con que se abrió un cupo en la comunidad terapéutica. Es importante señalar que el tiempo de la terapia se produjo en días de vacaciones laborales”.
El proceso disciplinario concluyó en primera instancia el 12 de mayo de 2026, cuando el Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió no aplicar sanciones. En dicha oportunidad, el tribunal alzado decretó el sobreseimiento por prescripción en lo relativo al viaje a Costa Rica, mientras que absolvió al magistrado por 14 votos contra 13 en lo concerniente a su permanencia en Ecuador.
Sin embargo, pese a que la resolución absolutoria quedó firme el 19 de junio, el Pleno de la Corte Suprema decidió el 2 de julio abrir de oficio el cuaderno de remoción contemplado en el artículo 80 de la Carta Fundamental, considerando la naturaleza de los hechos acreditados en el expediente. Para la defensa del juez, esta decisión traspasa los límites del debido proceso al reabrir un juzgamiento ya afinado en la instancia correspondiente.
Fuero gremial
En otro de sus capítulos centrales, la demanda vincula la arremetida disciplinaria con la actividad gremial que Urrutia ejerce desde diciembre de 2025 como presidente regional metropolitano de la Organización de Trabajadoras y Trabajadores Judiciales (OTJ), posición que le otorga fuero. En el libelo, el juzgador sostiene que el expediente de remoción podría constituir una represalia directa por su labor dirigencial y por las denuncias que ha impulsado ante el máximo tribunal.
Entre dichos antecedentes, la presentación menciona que Urrutia promovió denuncias contra las ministras Adelita Ravanales y María Cristina Gajardo las que fueron desestimadas, así como la existencia de una causa penal tramitada en su propio juzgado donde figura como imputado el hijo del ministro Manuel Antonio Valderrama. Pese a estos elementos, la demanda enfatiza que ninguno de los tres integrantes de la Suprema se inhabilitó al momento de votar la apertura del cuaderno de remoción.
En esa misma línea, el texto judicial recoge las aprensiones internas que circularon en el Palacio de Tribunales durante la tramitación masiva de expedientes disciplinarios: “Asimismo, se ha señalado el rumor de que se abrieron 56 cuadernos de remoción para echar a uno, este uno sería yo como dirigente molesto para la jerarquía”.
A los cuestionamientos procedimentales se suman denuncias por la filtración del sumario administrativo en diciembre de 2025 y publicaciones de prensa que asociaron su nombre a licencias irregulares. Según expone el magistrado, estos hechos desataron agresivas campañas de hostigamiento en redes sociales que incluyeron amenazas explícitas de muerte, citando el mensaje de un usuario que publicó: “un ladrillo de C4 con este weón y asunto arreglado”. Frente a este cuadro, el libelo reprocha a la CAPJ la total ausencia de protocolos de contención, evaluaciones de seguridad o derivaciones a organismos de cobertura de accidentes del trabajo.
El escenario en el Pleno
Al momento de precisar la reparación económica, la presentación expone un cálculo cuantitativo que en el cuerpo de la demanda avalúa el daño moral en poco más de $92 millones, cifra calculada sobre la base de 11 remuneraciones de $8,4 millones brutos. No obstante, en el petitorio final del escrito, la pretensión concreta quedó fijada en la suma de $77,4 millones.
El avance de esta acción laboral coincide con la fase decisiva que enfrenta el Pleno de la Corte Suprema, organismo que debe resolver la situación procesal de cinco magistrados cuyos cuadernos de remoción fueron alegados ante una sala compuesta por 14 ministros titulares y cuatro suplentes, proceso que ya sumó la salida de otros cuatro jueces por motivos similares.




