Juez Daniel Urrutia libera de oficio a imputados de “primera línea” por riesgo de contagio de Covid-19

Mar 25, 2020 | Uncategorized

En la resolución con fecha 25 de marzo, a la que accedió En Estrado, el magistrado ordenó la sustitución de la prisión preventiva por arresto domiciliario total, de los 13 adultos imputados. Respecto a los menores de edad, que permanecen en internación provisoria en un centro del Sename, el tribunal resolvió que se mantengan los controles sanitarios.

Con arresto domiciliario total quedaron este miércoles 25 de marzo, los 13 adultos imputados por el delito de desórdenes públicos, quienes supuestamente son vinculados a la primera línea de manifestaciones en la zona cero, específicamente, en Plaza Baquedano.

Ello, luego que el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago revocara por oficio, la prisión preventiva que había sido decretada por la Corte de Apelaciones el pasado 13 de marzo, por estimar que existe alto riesgo de contagio de Covid-19.

De acuerdo a la resolución del juez Daniel Urrutia, a la que accedió En Estrado, “los internos en prisión preventiva, al igual que todas las personas tienen derecho a la salud y es deber del estado velar por su cuidado, no exponiéndolos innecesariamente a contagios de la epidemia que puedan evitarse tomando las medidas razonables”.

Asimismo, agrega que “las cárceles son recintos donde la posibilidad de contagiarse es altamente probable atendido el hacinamiento y la imposibilidad de que las medidas sanitarias mínimas puedan ser implementadas razonablemente, prueba de esto, es la persistencia de la enfermedad de la tuberculosis en la población carcelaria, que al día de hoy no ha podido ser erradicada de nuestras cárceles. A lo que se suma la cantidad de personas privadas de libertad con enfermedades de base que complicarían enormemente la respuesta del sistema de salud dentro de la población penal”.

El fallo también detalla que el Comité de Jueces del Séptimo Juzgado de Garantía, atendida la emergencia sanitaria y por razones humanitarias, “ha decidido que todas y todos los jueces del tribunal revisen las causas donde existen personas sujetas a la medida de prisión preventiva de oficio, analizando cada juez un porcentaje de ellas, con el objeto de que en todos los casos donde sea posible una medida distinta de la prisión preventiva esta se reemplace por una adecuada y proporcional, que asegure los fines del procedimiento y la salud del imputado y de la sociedad”.

La decisión del tribunal, además, se basa en que los imputados que fueron beneficiados, no registran condenas anteriores “y existe una más que razonable posibilidad que, de ser condenados, cumplan estas condenas en libertad dada la pena en abstracto a la cual se arriesgan por el delito que fueron formalizados, esto es, delito consumado de Desórdenes Públicos”.

De esta manera, se ordenó la liberación inmediata de Jean Nicolás Godoy, Nicolás Ubilla, Marcelo Tapia, Paloma González, Alejandro Nicho, Sebastián Cambiazo, Daniel Sepúlveda, Diego Alvarado, José Salgado, Jaime Rubio, Ismael Donoso, Gabriel Astorga y Raúl Leiva.

Respecto a los menores de edad imputados en la causa, y que permanecen en internación provisoria en un centro del Sename, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago ordenó que se mantenga la medida, pero que se ajusten a la modalidad de control según las recomendaciones sanitarias vigentes durante la declaración de catástrofe.

 

resolucion reemplaza PP por Arresto total epidemia.pdf

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