Andrés López Vergara, En Estrado.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA (CIDH) publicó un informe elaborado junto con su Relatoría Especial sobre los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (REDESCA) sobre personas trans y de género diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Este documento titulado “Personas Trans y de Género Diverso y sus derechos económicos, sociales, culturales y ambientales” se dio a conocer en el contexto de la conmemoración del día Internacional de la Memoria Trans, el 20 de noviembre, que recuerda a las personas trans y de género diverso que fueron víctima de violencia basada en el prejuicio.
Entre sus conclusiones valoraron las medidas de los Estados miembros han tomado “en materia de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales que intentan dar respuesta, en mayor o menor medida, a la situación de exclusión estructural que suelen padecer las personas trans y de género diverso. En este sentido, la Comisión nota que este número, cada vez mayor, de medidas adoptadas demuestran que los Estados empiezan a reconocer la necesidad de avanzar en esta dirección, actuando conforme a las obligaciones internacionales e interamericanas que han asumido en materia de protección de derechos humanos”.
Agregan que “la Comisión nota que las violaciones a los derechos de las personas trans y de género diverso no fueron siquiera consideradas como una cuestión propia del campo de los derechos humanos sino hasta que ellas mismas lograron paulatinamente organizarse para visibilizar y denunciar su situación y exigir el reconocimiento de sus derechos ante las autoridades estatales y organismos internacionales, cuestionando abiertamente los paradigmas de patologización y criminalización de sus identidades y expresiones diversas”.
“En consecuencia, la CIDH reitera que los Estados Miembros de la OEA deben diseñar e implementar marcos normativos y políticas públicas que explícitamente atiendan los efectos concretos de la situación de exclusión histórica que padecen las personas trans y de género diverso y que se inscriban en una estrategia integral encaminada a la reducción de las desigualdades que padecen. Finalmente, los tribunales de justicia también deben tener en cuenta las normas y estándares interamericanos a este respecto al momento de aplicar, analizar e interpretar las normas internas al momento de resolver recursos dirigidos a amparar derechos de las personas trans y de género diverso”, plantean.
Violencia institucional
En esa línea, explican que en el marco de exclusión histórica que los Estados deben revertir, “debe contarse con instancias claras de reconocimiento de la responsabilidad estatal respecto de las personas trans y de género diverso que, como lo indica la ley precitada, acrediten haber sido víctimas de violencia institucional, privadas de su libertad, o sometidas a tortura, penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, por causa de su identidad o expresión de género”.
Finalmente señalan que “los actos de reconocimiento de responsabilidad pueden abarcar una serie de medidas diversas que impliquen actos simbólicos de reparación, como por ejemplo mediante declaraciones oficiales, pedidos de perdón y reconocimiento histórico, o bien mediante el apoyo estatal a iniciativas que procuren documentar y difundir los registros y testimonios de las personas trans y de género diverso que lograron sobrevivir a los contextos de exclusión y violencia en el que fueron forzadas a vivir, sobre todo en contextos de dictaduras militares. Estas políticas deben diseñarse e implementarse con el objetivo último de crear una conciencia histórica sobre esta problemática. De igual forma, las reparaciones pueden implementarse mediante compensaciones de carácter pecuniario en la forma de pensiones graciables, subsidios o apoyos financieros específicamente dirigidos a personas trans mayores cuya vida transcurrió casi íntegramente en ese marco de opresión sistemática, avasallamiento de sus derechos, patologización, criminalización y falta de reconocimiento de su identidad de género”.
PersonasTransDESCA-es