En el traslado enviado al tribunal constitucional, el organismo encabezado por Ana María Hübner rechazó la ofensiva cautelar de los auxiliares de la justicia que buscan suspender su salida fijada para este 2 de octubre. El pronunciamiento remarcó que la norma equipara su estatus con el de jueces, fiscales y ministros del propio TC, superando el test de proporcionalidad y descartando cualquier tipo de discriminación o “edadismo”.
En la antesala de que venza el plazo legal fijado por la reforma notarial para decretar el retiro obligatorio de 35 notarios, conservadores y archiveros mayores de 75 años, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) (en representación del Ministerio de Justicia) irrumpió con un contundente informe ante el Tribunal Constitucional (TC). La intervención del organismo fiscalizador busca que el pleno de la magistratura constitucional desestime las peticiones de suspensión provisional planteadas por un grupo reducido de auxiliares de la justicia que intenta frenar su salida formal prevista para este viernes 2 de octubre.
Según el escrito enviado al TC ,consignado en parte por La Tercera, el CDE descartó de plano que la fijación de un tope etario constituya un acto arbitrario o una vulneración a las garantías fundamentales de los requirentes. En sus argumentos, el organismo que preside la consejera Ana María Hübner sostuvo taxativamente que “los demandantes pretenden continuar desempeñando un cargo para el cual la ley ha fijado un límite de edad que debe aplicárseles a todas las personas que se encuentren en la misma situación”.
La unificación del estatuto público y el descarte del “edadismo”
El informe del CDE enfatizó que la entrada en vigencia de la norma no hace más que corregir una excepción histórica desprovista de sustento normativo respecto de los auxiliares de la administración de justicia. Para el CDE, “el límite de edad dispuesto por la ley viene a igualar la situación de notarios y conservadores con todos los demás cargos de auxiliares de la administración de justicia”. En esa línea, el ente de defensa del Estado remarcó que “dicho parámetro guarda estricta armonía con el límite de 75 años establecido en la propia Constitución para los jueces del Poder Judicial, fiscales, ministros del Tribunal Constitucional y el Contralor General de la República”.
En el traslado, el CDE rebatió también los cuestionamientos sobre un supuesto “edadismo” o discriminación arbitraria invocados por los requirentes al amparo de la Ley Zamudio. Al respecto, el organismo expuso que la disposición “no vulnera la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos de las Personas Mayores ni incurre en discriminación arbitraria o edadismo, ya que la fijación del tope de 75 años cuenta con el respaldo de la declaración interpretativa de Chile, que valida límites etarios por razones institucionales, y supera el test de proporcionalidad al unificar el estatuto de la función pública, establecer una edad incluso superior a la jubilación común y contemplar un plazo de vacancia de seis meses para el traspaso ordenado del cargo”.
“Una impugnación impropia de una ley aprobada democráticamente”
El escrito del CDE abordó de igual modo el intento de reabrir el debate parlamentario por la vía judicial. La entidad recordó que los propios gremios del sector tuvieron participación activa durante la tramitación del proyecto en el Congreso Nacional, por lo que “los demandantes ya participaron en la discusión en la instancia legalmente dispuesta para ello, es decir, durante el debate normativo llevado a cabo en el Congreso. Haber participado y tenido la oportunidad de intervenir en el procedimiento legislativo implica que los reparos e inquietudes quedaron resueltos en dicha sede democrática, sin que sea procedente reabrir la discusión ni pretender una vía de revisión ulterior ante los órganos jurisdiccionales”.
Por estas razones, el Consejo concluyó ante el TC que “la demanda esgrimida por los notarios y conservadores pretende sostener una impugnación impropia de una ley aprobada democráticamente”. Asimismo, la representación fiscal invocó jurisprudencia de la Corte Suprema para fundamentar que “las decisiones del legislador no son susceptibles de ser impugnadas ni anuladas mediante la vía judicial ordinaria”, haciendo presente que la propia ley contempló “un plazo razonable de seis meses para aquellos notarios y conservadores que ya hayan cumplido los 75 años al momento de vigencia de la ley con el objeto de asegurar un traspaso ordenado del cargo”.
El contexto de la ofensiva judicial de los notarios
La postura del CDE responde al frente de impugnaciones activado por un grupo acotado de auxiliares de la justicia —representados por el exministro del TC Gonzalo García— para evitar dejar sus despachos. Entre los requirentes figuran el conservador de Bienes Raíces de Santiago, Luis Maldonado (81 años); la notaria de Melipilla, Rosemarie Mery (76); el conservador de Pozo Almonte, Enso González (80); la notaria de Las Condes, Linda Bosch; y la notaria de La Calera, Lidia Chahuán. Todos ellos iniciaron demandas civiles por la Ley Zamudio como gestión pendiente para recurrir de inaplicabilidad ante el TC y solicitar la suspensión del cese. Paralelamente, en el caso de la notaria Mery, se solicitó al Cuarto Juzgado Civil de Santiago una instrucción para ordenar a la Subsecretaría de Justicia “no decretar el cese de funciones”.
Pese a esta arremetida cautelar, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, y el exministro y académico de la UDP, Jaime Gajardo, han reiterado que la ley contempló un período de vacancia suficiente y que el cese de funciones opera de pleno derecho por el solo ministerio de la ley este viernes 2 de octubre. Por su parte, el presidente de la Asociación de Notarios, Archiveros y Conservadores, Carlos Miranda, coincidió en que la fecha legal fijada por el Congreso debe cumplirse, abriéndose una etapa de interinatos y concursos públicos bajo la supervisión de la Alta Dirección Pública mientras el TC resuelve el fondo de los requerimientos.




