¿Importa para las políticas punitivas si las cifras de la delincuencia suben, bajan o se mantienen? La disociación entra las dinámicas de la criminalidad y la política criminal. Por Agustín Walker Martínez

May 30, 2022 | Opinión

Agustín Walker Martínez. Abogado de la Universidad de Chile. Diplomado de Derecho Penal de la Universidad de Talca, Diplomado en Sistema Procesal Penal de la PUC. Abogado asociado en Vial & Asociados.

El 18 de abril de este año, ingresó por moción parlamentaria en la cámara de diputados un proyecto de ley que “endurece la respuesta penal” en delitos de receptación y robo de vehículos motorizados y sus partes[1]. Más allá del empecinamiento en pretender solucionar todo problema por medio de respuestas penales, el proyecto contiene un interesante punto de partida. Y es que, en su motivación original, constata que estos delitos han tendido a ir a la baja últimamente, pero que “siguen teniendo una enorme incidencia en nuestro país”, lo que justificaría una respuesta penal más intensa en la materia. El objetivo del proyecto, junto con dar mayores facultades de fiscalización, es excluir de la ley 18.216 estos delitos, impidiendo que toda persona condenada por receptación pueda acceder al cumplimiento de penas sustitutivas al encarcelamiento.

En su fundamentación, el proyecto demuestra uno de los elementos más característicos de un discurso político-criminal de ley y orden muy vinculado con el populismo punitivo. Y es que, bajo dicha modalidad política y discursiva, el fenómeno del encarcelamiento se disocia de las dinámicas de la criminalidad, tomando un camino propio que inequívocamente tiende a profundizar castigos, restringir penas distintas al encarcelamiento, y potenciar este último como único castigo, a pesar de las variaciones de la delincuencia. Lo anterior no es porque sí, sino que es el fundamento de existencia de ese discurso: bajo las nociones de ley y orden[2] la norma penal debe siempre tender al mayor rigor punitivo; si con ello se logra disminuir la tasa de delitos, ello es una señal de que el camino del castigo es el indicado, y por tanto se debe continuar aumentándolo; si los delitos aumentan, es señal de que la respuesta aún es débil, y por tanto debe aumentarse aún más la dureza de la respuesta penal. Así, bajen o suban los índices de delincuencia, la respuesta será siempre la misma: más castigo, en peores condiciones, y por más tiempo.

Junto con ello, este proyecto demuestra una vez más el grave déficit argumentativo de las mociones de esta naturaleza, al ser carentes de evidencia, sin siquiera existir una preocupación por dar con fundamentos al respecto. El proyecto no se cuestiona cuáles han sido las tendencias de estos delitos luego de la implementación de similares modificaciones en el pasado, como las introducidas -por ejemplo- por las leyes 19.413 (1995), 19.449 (1996), 20.931 (2016) o 21.170 (2019), ni analiza cómo han fluctuado los índices de victimización y de temor ciudadano en los últimos 30 años, los que se han mantenido más o menos estables a pesar de duplicarse la tasa de privación de libertad en dicho período. Tampoco se cuestiona cómo la exclusión de penas sustitutivas puede profundizar la reincidencia y vulnerar criterios de proporcionalidad legislativa, tal como informó la Corte Suprema al pronunciarse sobre el proyecto[3]. Nada de ello es necesario, pues bajo esta modalidad discursiva, basta la alusión genérica a índices no adecuadamente estudiados para fundar una medida punitiva, sea que dichos índices tiendan al alza, o tiendan a la baja.

Así, la decisión de potenciar el encarcelamiento, de excluir las penas de la ley 18.216, y de evitar salidas tempranas de un recinto penitenciario, es sin duda una decisión política autónoma al fenómeno contingente de la criminalidad, lo que explica que proyectos como el que aquí se comenta sean plausibles y políticamente ventajosos para quienes los promueven. Ello, sin duda supone una problemática política pública, y más aún, implica la renuncia a una política criminal consistente y de largo aliento.

[1] https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15427&prmBOLETIN=14924-25

[2] Morales, Ana María (2012). “La política criminal contemporánea: Influencia en Chile del discurso de la ley y el orden”, en Revista de Política Criminal, Vol. 7, N° 13, p. 119

[3] Oficio N° 103-2022 de la Excma. Corte Suprema. Disponible en: https://www.camara.cl/legislacion/ProyectosDeLey/tramitacion.aspx?prmID=15427&prmBOLETIN=14924-25

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