Historias de Inocentes: una mentira que terminó con el Fisco condenado tras sentenciar erróneamente a una mujer que fue suplantada por su hermana

Sep 27, 2020 | Actualidad

Créditos Imagen : Defensoría Penal Pública

Andrés López Vergara, En Estrado.

“El día 7 de febrero de 2006, a las 23 horas aproximadamente, en el paradero de locomoción colectiva de la empresa de buses ‘Expreso Norte’, ubicado frente a la plaza de armas de Salamanca, los requeridos R.R.P y Felicinda del Carmen Palma Bustos fueron sorprendidos por personal de Carabineros de Salamanca portando dos bolsas de nylon color blanco, que contenían en su interior especies robadas. Los hechos antes descritos constituyen el delito de receptación”.

Esa es la relación de hechos de la formalización, según los registros del Poder Judicial y la Fiscalía en Illapel, que le fueron imputados a la mujer. Finalmente, fue condenada. Pero ella nunca lo supo hasta el 17 de noviembre de 2008 cuando llegó a dependencias de la PDI a denunciar un robo. Fue en ese momento, en que le comunicaron que tenía una orden de detención por una sentencia ejecutoriada y que debía ser trasladada a Illapel.

Desconcertada, llegó al lugar. Fue ahí que le comunicaron que el arresto se debía a que no había cumplido con los requisitos establecidos para cumplir la condena en libertad. Fue ahí, que repitió nuevamente lo que les dijo a los detectives: no cometió ningún delito y lo más probable es que su hermana haya suplantado su identidad.

“En la audiencia control de detención en Santiago la afectada señaló que nunca había estado en un tribunal y que probablemente su hermana la había suplantado, nadie le creyó y debió quedar bajo custodia de la policía civil. Tras su detención fue trasladada desde Santiago hasta el tribunal de Illapel para asistir a una audiencia en la que se le iban a revocar los beneficios”, señala el defensor público Humberto Sánchez.

Ahí comienza un largo camino de casi 10 años para reestablecer su inocencia y ser reparada por el error que el sistema cometió con ella. Un camino que terminó en 2017 con el Estado condenado a pagarle una indemnización de $40 millones.

El caso se traslada a Santiago

Tras la audiencia, Felicinda Palma llegó a Santiago al quedar en libertar, pero con la sentencia en su contra vigente. Recurrió al Ministerio Público y denunció a su hermana por usurpación de identidad.

En el juicio se dio a conocer que esta no era la primera vez que era suplantada por ella, ya que una situación similar ocurrió en 2001. El tribunal condenó su hermana en 2009. Sin embargo, aún faltaba el último paso para fuera declarada inocente de la receptación que no cometió.

“Mi primer contacto con el caso fue a través de la oficina de Derechos Humanos de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, la cual presentó un recurso de revisión ante la Corte Suprema en 2010”, cuenta Sánchez, abogado miembro de la Unidad de Estudios de la Defensoría Penal Pública que llevó el caso en el Máximo Tribunal.

Relata que “ella me dijo que no tenía contacto hace mucho con su hermana, pero de inmediato supuso que ella era quien la suplantaba. Para cometer este delito se deben tener ciertos datos de la víctima, como su número de cédula de identidad, domicilio, nombre de los padres etc. En este caso calzaban las circunstancias”.

Fase final

Tras la presentación, la Corte Suprema acogió el recurso de revisión. La decisión fue contundente al estimar su inocencia, lo que quedó establecido en la sentencia de reemplazo: “Que como ha quedado fehacientemente acreditado en la sentencia dictada con esta misma fecha, y por medio de la cual se invalidó el fallo del Juzgado de Garantía de Illapel, la identidad de Felicinda del Carmen Palma Bustos, fue usurpada por su hermana María Graciela Palma Bustos, quien se individualizó así al tiempo de ser detenida y también en el Juzgado de Garantía, en la audiencia que se llevó a cabo para control de detención y procedimiento simplificado, asumiendo los demás intervinientes y el tribunal, la efectividad de dicha identidad. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 340 del Código Procesal Penal, ‘Nadie puede ser condenado por delito sino cuando el tribunal que lo juzgare adquiriere, más allá de toda duda razonable, la convicción de que realmente se hubiere cometido el hecho punible objeto de la acusación y que en él hubiere correspondido al acusado una participación culpable y penada por la ley’”.

Agregan que “en virtud de lo expuesto y antecedentes relacionados, este Tribunal ha llegado a la convicción de que a Felicinda del Carmen Palma Bustos no le ha cabido participación culpable en el delito por el cual fue condenada”.

Luego vino la última etapa. Ella demandó al Fisco por los perjuicios que le causó esta acción errónea de la justicia, un precio que tuvo que pagar por las falencias en los procedimientos registrados a inicios de la reforma.

En 2017, la Corte de Apelaciones de La Serena sentenció al Estado a pagar $40 millones. “En la especie, el Ministerio Público, a través del respectivo fiscal, debió cerciorarse si la imputada puesta a disposición del Juzgado de Garantía de Illapel y respecto de quien ejerció la acción penal pública por el delito de receptación mediante la formulación de un requerimiento en procedimiento simplificado era realmente quien decía ser, esto es, Felicinda del Carmen Palma Bustos, sin embargo el representante del ente persecutor no hizo aquello, lo que trajo como consecuencia que se condenara a esta última, siendo que se trataba de su hermana María Graciela Palma Bustos, todo lo cual constituye una conducta injustificadamente errónea del Ministerio Público y trae como consecuencia la generación de su responsabilidad conforme al artículo 5°, inciso primero de la ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público”, indica ese fallo.

-¿Cuál es la reflexión que deja este proceso para el sistema de justicia?

-Por una parte, protocolos seguros de identidad de los detenidos -no fueron pocos los casos, especialmente en los primeros años de reforma-, pero también empatía por la víctima, el sistema debe tratar en su conjunto de evitar los errores que lleven a una persona inocente a la cárcel. Los errores no son deseados ni aceptados, por lo que todos los intervinientes del sistema debemos trabajar por evitarlos, señala el defensor Humberto Sánchez.

| LO MAS LEIDO