Historias de inocentes: Chofer de colectivo perdió todo por un reconocimiento fotográfico viciado y la falta del principio de objetividad

Jun 28, 2020 | Uncategorized

Créditos Imagen : Defensoría Penal Pública

Andrés López Vergara, En Estrado.

“Marcelo Avilés fue detenido en abril de 2012 y se decretó su prisión preventiva. Cambió de defensor público a uno privado. Apelaron a la Corte, pero ésta mantuvo la reclusión. Fue ahí, que sus compañeros del sindicato de colectiveros se acercaron a la Defensoría Penal Pública. En esa conversación me llamó muchísimo la atención el compromiso que tenían sus colegas y la fuerza con la que insistían que ellos habían querido declarar ante la policía, ante la fiscalía, para explicar que Marcelo Avilés no podía haber sido porque estaba con ellos. No los recibían, indicaron. Pidieron que volviéramos a tomar la causa, la que asumí personalmente”.

Este relato lo realiza la defensora regional de los Lagos, Soledad Llorente, para graficar el puntapié inicial para un largo proceso que tuvo que enfrentar el chofer de colectivo Marcelo Avilés, quien injustamente fue detenido, acusado y mantenido en prisión por delitos que no cometió, como el abuso sexual y el secuestro. Fue una cadena de negligencias que partieron con los procedimientos policiales de reconocimiento, negativas a tomar testimonios y finalmente, según indicó a En Estrado la abogada, la falta del principio de objetividad del Ministerio Público.

El inicio

El caso partió así. En diciembre de ese año una mujer denunció que había sido abusada y secuestrada por un chofer de colectivo. La trasladó fuera de la ciudad para robarle su dinero y la abandonó en la carretera. Avilés era un conocido en Osorno, puesto que desde año se desempeñaba como secretario sindical del rubro de la locomoción colectiva.

La policía comenzó a buscar y con el último número de la patente llegaron a la sede sindical. Pidieron acceso a los libros y obtuvieron la foto de Avilés y se la llevaron. Poco antes la víctima había prestado declaración y dijo no recordar la cara de su atacante. Se realizó un retrato hablado, en que el rostro no tenía relación con los rasgos de Avilés. Luego se hizo un reconocimiento fotográfico y ahí dijo haberlo reconocido. “De todas las fotos, solo la de Avilés tenía un tamaño diferente y estaba difusa. Eso es una falta de neutralidad y objetividad”, indica Llorente

La policía también realizó un retrato hablado y además le mostró un pack de fotos de sospechosos. Pero había una que destacaba, era distinta, se trataba de Avilés, quien nunca había ingresado al sistema de justicia. La víctima lo reconoció, lo que derivó en su detención. En total fueron 45 días encarcelado preventivamente, otros 35 días con arresto domiciliario total, y 11 meses con arresto domiciliario nocturno.

Entra la Defensoría

“Fui al sindicato, vi los archivos y cada vez iban apareciendo mayores antecedentes que no sólo cuestionaban la indagatoria del Ministerio Público, sino que la desvirtuaban. Lo más urgente fue que los colegas daban testimonio que el día de los hechos estaba con ellos, pero no los recibían, lo que para mí era una infracción al principio de objetividad”, señala Soledad Llorente y agrega: “La fiscalía siempre contestaba que los colectiveros eran un sindicato muy unido y que estaban coordinados para generarle la coartada. Se quedaron con los primeros antecedentes para ir a juicio”.

Luego decidió llevarlos ante una notaría para que prestaran una declaración jurada y así tener respaldo legal de sus testimonios que más adelante serían cruciales para la absolución en el juicio oral. Recolectaron boletas, todo tipo de pruebas que acreditaran que Avilés estuvo con ellos al mismo tiempo en que se desarrolló el delito. El ruido en la ciudad de Osorno se comenzaba a oír, las voces que indicaban que era inocente aumentaban día a día.

“Para revertir la prisión preventiva tuve que reunir la declaración jurada de los testigos porque la fiscalía no los quería tomar. Un análisis sicológico que indicara que no tenía un perfil de sicópata sexual. Nos costó mucho tiempo acceder a un video, en que se observaba un colectivo haciendo la ruta posible que la víctima había declarado que hizo el día del hecho. En el análisis sólo se ve un vehículo negro, pero no hay ninguna posibilidad de que coincida con el modelo del automóvil de Marcelo”, dice la defensora.

El juicio oral

Se llegó al juicio oral (rit 42-2014) y así, el veredicto final en que los magistrados hicieron hincapié en las falencias del reconocimiento y procedimientos policiales. Primero fue el turno del retrato hablado elaborado y que también se presentó como evidencia en el proceso.

“Capítulo aparte merece la diligencia de reconocimiento efectuada por la ofendida mediante su participación en la facción de un retrato hablado y los reconocimientos fotográficos efectuados en sede policial (…). Respecto de la fotografía del retrato hablado exhibida en audiencia estos sentenciadores pudieron advertir que la cara dibujada presenta una particularidad en el mentón, que se muestra como “partido” y que ello no coincide con las características del mentón del acusado en quien tal condición no se presenta; además en la foto aparece un rostro delgado y más bien alargado y el acusado tiene un rostro redondo y relleno”.

Luego criticaron la forma en que se exhibieron las fotografías. “Al analizar el procedimiento y muestra utilizada en el primer reconocimiento fotográfico practicado por la víctima, se advierten serias falencias, sin perjuicio del punto ya mencionado acerca de los problemas que presenta la información entregada por la misma afectada. En efecto, en la muestra se pueden observar sujetos poco parecidos, en el que resaltaba precisamente la fotografía del imputado, distinta en formato y resolución a las otras, además de ser muy poco clara”, estipula la resolución.

“Todo lo indicado lleva a cuestionar la calidad y suficiencia del primer reconocimiento practicado por la víctima, lo que en cierta forma es refrendado por la propia prueba de cargo, al señalar que se efectuó un segundo reconocimiento para cumplir con los estándares institucionales. La existencia de este segundo reconocimiento, no resulta mayormente relevante al existir sugestión proveniente del primer reconocimiento, considerándose solamente como un elemento de descarte o ratificación del primero”, indican los magistrados.

Finalmente, el tribunal oral de Osorno decidió que “las demás pruebas aportadas por los persecutores, tampoco resultan sustanciales y relevantes, por tratarse de aspectos no controvertidos o que no aportan elementos que tengan la suficiencia para establecer, más allá de toda duda razonable, que al imputado le correspondió participación en el ilícito que le fuere imputado en la presente causa. Conforme a todo lo expuesto, estos sentenciadores han decidido absolver al acusado Avilés Zúñiga en la presente causa”.

El daño y la reparación

Si bien esto fue un triunfo desde el punto de vista legal, una absolución que determinaba que Avilés era inocente, la realidad, esa que se construye con la interacción diaria, es otra. Familias dañadas, fuentes laborales limitadas, el desgaste por pelear para lograr la justicia y el cansancio de explicar en cada interacción que no era un abusador, claramente dejan secuelas. Algunas visibles y otras no, esas que se tallan en el cuerpo como una marca de nacimiento.

Y es un doble daño. Porque la víctima, a la que el tribunal le dio crédito a que efectivamente fue abusada sexualmente, tampoco tuvo justicia. Su agresor no enfrentó el peso de la ley que sí debió sufrir injustamente Marcelo Avilés. Una fuerza poderosa que se llama persecución penal pública, que solo el principio de objetividad mantiene a raya para evitar una acusación basada en prejuicios.

“Los costos que Marcelo Avilés tuvo que vivir con ocasión de una imputación penal errada, no lo suficientemente minuciosa, son altísimos. Él estuvo privado de libertad, luego con arresto domiciliario total, parcial, y, finalmente, los costos laborales y familiares fueron altísimos. Tuvo que irse de Osorno, reinventarse laboralmente y también perdió su pareja. Eso es irreparable”, reflexiona la defensora regional de los Lagos, Soledad Llorente.

 

 

 

 

 

 

 

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