Extendiendo las fronteras del compliance. Por Rodrigo Reyes

Jul 2, 2020 | Opinión

Rodrigo Reyes Duarte, abogado. Director Jurídico de Prelafit Compliance.

“¿Alguna vez te ocurrió leer un libro y querer compartir lo que estás leyendo inmediatamente? ¿O tener dudas y consultas y no tener nadie con quien resolverlas? Compliance Sin Fronteras es más que un libro”, dice Jimena Alguacil, la abogada que dirige esta iniciativa desde España.

Jimena reunió a especialistas de más de 20 países que se han sumado como autores del libro “Compliance Sin Fronteras” y que incluye profesionales de España, Estados Unidos, Alemania, Argentina, Brasil, Colombia, Guatemala, otros países latinoamericanos y por supuesto Chile. Lo novedoso de la propuesta es que se trata de un libro digital que nace con el objetivo de estar siempre actualizado con la normativa interna de cada país.

La plataforma se lanzó ayer 1º de julio y en el capítulo relativo a la normativa de Chile que he tenido el privilegio de escribir, analizo los antecedentes que tuvo en vista el legislador al aprobar el estatuto de responsabilidad penal de las personas jurídicas en nuestro país y la consecuente estructura preventiva para evitar la comisión de delitos en las empresas.

El capítulo continúa con una descripción de la situación actual de la regulación en Chile y cada uno de los delitos que pueden significar responsabilidad penal de las personas jurídicas, el régimen sancionatorio, la posibilidad de aplicar disolución de la persona jurídica o cancelación de la personalidad jurídica, prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con el Estado, la pérdida parcial o total de beneficios fiscales o prohibición absoluta de recepción de los mismos por un período determinado, las multas a beneficio fiscal que podrían decretarse y que, como sabemos, ascienden desde unos USD 25 mil a unos USD 20 millones.

También se refiere a las penas accesorias y las circunstancias modificatorias de responsabilidad. Posteriormente el capítulo describe los elementos que debe contener un programa de compliance, las exigencias y sus características más relevantes y el proceso de revisión por un tercero (o certificación) que estableció la  Ley 20393, que es -probablemente- uno de los elementos más novedosos de la legislación chilena y que dice relación con la verificación por un tercero independiente del diseño del modelo de prevención y su implementación en la práctica.

Finalmente desarrollamos un resumen de casos relevantes que han significado imputación penal a las personas jurídicas en Chile.

“Compliance sin fronteras” es sin duda una iniciativa inédita que permite un lugar de encuentro para los profesionales de esta disciplina y donde dispondrán de un libro con nuevos capítulos cada mes y actualizaciones continuas.

El lector puede, además, participar a través de un blog, acceder y hacer podcasts, tener a su disposición un portal de eventos sobre esta materia e interactuar con profesionales de todo el mundo.

Probablemente lo más novedoso es el formato, que permitirá la constante actualización ante cambios normativos y actualizaciones de contenidos, con capítulos sobre temas de interés elaborados por los compliance officers de grandes empresas, especialistas y profesores universitarios de más de 20 países. Como dijimos, el contenido del libro multijurisdiccional estará siempre actualizado.

En estos tiempos de pandemia resulta muy relevante celebrar las iniciativas que fomenten una mejor cultura corporativa con miras al nuevo escenario empresarial que se avecina. Solo corresponde, entonces, invitar a los profesionales del compliance a sumarse a la red de “Compliance sin Fronteras”.

| LO MAS LEIDO