Sergio Henríquez Galindo es abogado de la Universidad de Chile, Magíster en Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia de la Universidad Diego Portales, Magíster en Derecho Procesal de la Universidad Nacional de Rosario, Miembro de Humanizar, Asociación Chilena de Justicia Terapéutica, Instituto Panamericano de Derecho Procesal, Capítulo Chile, Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados de Chile. Juez de Letras de Quintero, Destinado al Centro de Medidas Cautelares de Santiago.
Tanto reclamar por transformaciones que sean compatibles con los derechos de niños, niñas y adolescentes, puede parecer para algunos y algunas, que se trata de alegaciones de personas sobre alarmadas, con visión de túnel, que no logran ver todos los avances, todo lo que se ha hecho. Con tantas necesidades que satisfacer, y siendo escasos los recursos, es obvio que los cambios son lentos, y hay que entender que a veces no se puede.
Dicen que dato mata relato. Cerca del 37% de las residencias con administración del Estado se encuentran sobrepobladas. (Fuente: Informe Pjud Residencias segundo semestre 2023); Más de 2 mil niñas, niños y adolescentes han sido víctimas de explotación sexual en Chile entre los años 2022 y 2023 (…) (Fuente: Defensoría de la Niñez); En 2023, un estudio identificó que el 52,9% de adolescentes estudiantes de educación media de la zona norte de Santiago estarían cumpliendo criterios para uno o más problemas de salud mental (Fuente: Diagnóstico situación niñez y adolescencia 2024 – Defensoría de la Niñez). Y así podríamos seguir con una lista interminable.
Pero hay que satisfacer las necesidades de tantos, se dirá, y además se ha avanzado en la “instalación” del nuevo “sistema”. Por favor, no exageremos. Pero aquí entra lo normativo.
La norma mata la excusa.
Más allá de las restricciones presupuestarias que nadie desconoce, y de las infinitas necesidades de la población, lo que es cierto es que la ley exige priorizar los recursos y todas las medidas necesarias para implementar de una forma correcta, la nueva institucionalidad de infancia y adolescencia en Chile. Así lo establece el artículo 16 de la Ley N° 21.430: “Los órganos del Estado, en el ámbito de sus competencias, hasta el máximo de los recursos de los que puedan disponer, deben tener en especial consideración el diseño y ejecución de normativas, políticas, servicios y prestaciones destinadas a la promoción, protección y garantía de los derechos del niño, niña o adolescente, procurando priorizar su financiamiento en sus respectivos presupuestos”. Pero esto también se desprendía, hace ya 34 años, de la propia Convención sobre Derechos del Niño, al establecer su interés superior, que es preponderante a otros intereses. Por otra parte, muchas cuestiones no atienden sólo al presupuesto, sino simplemente al diseño e implementación del sistema, para que pueda instalarse eficazmente. Sin embargo, está claro no se ha cumplido con este mandato.
Los niños y niñas no pueden seguir esperando al final de la fila. Es necesario replantear, de manera racional la implementación de un Sistema de Garantías de Derechos de la Niñez y Adolescencia, que supere el modelo fracasado que seguimos repitiendo. Es necesario brindar de formación adecuada a los operadores del sistema, con el financiamiento debido. Es necesario solucionar con urgencia la crisis de hacinamiento de algunas residencias, adecuar la ley 19.968 al nuevo sistema de garantías y modificar nuestra ineficiente ley de adopción, entre otros cambios urgentes.
El 24 de Agosto de 2024 entrará en vigencia el reglamento que regula las Oficinas Locales de la Niñez y, para ese entonces, debiéramos tener mayor coherencia de la red de protección. No se puede permitir que más generaciones de niños y niñas pasen por las deficiencias de un Estado indolente y vulnerador, o las Comisiones de Verdad y Justicia que se anunciaron tendrán varios volúmenes en el futuro. Que nadie diga entonces que fuimos exagerados.