El secreto de la PSU: Consejo para la Transparencia acoge amparo y ordena a la U. de Chile entregar las cuatro pruebas de 2018

Jun 8, 2020 | Uncategorized

Por Andrés López, En Estrado

Universidad presentó un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago para que revierta la decisión y mantenga la reserva de los documentos.

¿Es reservado o no? Esa es la pregunta que deberá resolver la Corte de Apelaciones de Santiago en los próximos meses cuando resuelva un reclamo de ilegalidad presentado por la Universidad de Chile en contra del fallo del Consejo para la Transparencia (CPLT) que le ordenó entregar copia de las cuatro pruebas PSU rendidas en 2018.

A raíz de una petición vía Transparencia, una persona pidió acceso a esos exámenes en diciembre de 2019, lo que fue negado por la casa de estudios indicando que eran de carácter secreto, dado que podían revelar el contenido de algunas preguntas que se realizarían en el futuro.

“Que, en este sentido, para fundamentar la causal, el órgano reclamado ha señalado principalmente que la publicidad de los documentos requeridos podría impedir el anclaje adecuado de preguntas en las pruebas de pilotajes del DEMRE, proceso necesario para la calibración de los ítems y para asegurar el correcto ensamblaje de las futuras PSU, ello, significaría que los estudiantes que rindan futuras pruebas de pilotaje podrían saber con anterioridad algunas de las preguntas, por lo que su comportamiento impediría conocer la caracterización del ítem, afectando así la prueba piloto en su conjunto y redundado en la afectación de la medición y calibración de los nuevos ítems que son parte de esta, los cuales serán incluidos en futuras pruebas oficiales. En la práctica, señala que al entregar la información solicitada se impediría el uso de anclaje de al menos entre 240 a 300 preguntas por pruebas”, fue la argumentación entregada por la universidad ante el Consejo, según da cuenta del fallo (rol C36-20) del organismo.

Tras analizar los antecedentes, el CPLT indicó que los antecedentes no eran reservados, basándose en que públicamente se había anunciado el cambio de la PSU, y le solicitó al rector Ennio Vivaldi entregar la información.

“Que, como es posible apreciar de los pasajes transcritos, el actual proceso de modificación que está experimentando el sistema de ingreso a la educación superior, resta sustento a las fundamentaciones en las que el órgano sostiene la causal alegada, ya que el nuevo instrumento de medición tendrá un enfoque diverso al actual, cambiando por ello el contenido de las preguntas que lo componen (…). Que, de los antecedentes examinados en el presente caso, a juicio de este Consejo, el órgano reclamado no ha acreditado detalladamente la afectación a su debido funcionamiento, de manera concreta, suficiente e indubitada, que permita tener por configurada la concurrencia de la causal de reserva alegada, teniendo presente que, por tratarse de normas de derecho estricto, dichas causales de secreto deben aplicarse en forma restrictiva”, señala la resolución.

La ofensiva en la Corte

Ante esta decisión, la Universidad de Chile presentó un reclamo de ilegalidad para impugnar la decisión del Consejo. En el recurso indican que el hecho que se realice un proceso de transición a una nueva prueba no implica que se parta de cero en la elaboración de los exámenes.

“Lo anterior, dando cuenta que, a diferencia de lo que entiende el Consejo (CPLT) al citar la página web de la Subsecretaría en la Decisión reclamada, el proceso no parte de cero, sino que toma elementos existentes y aplicados anteriormente, como la metodología de los instrumentos, de los cuales el DEMRE es constructor y garante técnico”, dice el escrito.

Agrega la casa de estudios que “esto último deja en claro que las pruebas de transición no eliminarán la construcción técnica de la PSU, para no afectar a quienes ya se han preparado para esta prueba, sino que la transitoriedad está dada por la adecuación de contenidos, pero no el cambio de metodología y construcción técnica. De tal manera, el cambio de instrumentos desde la PSU a las nuevas Pruebas de Transición que se están elaborando, utilizará la metodología y elementos de construcción elaborados por el DEMRE, por lo que la utilización de ítems para ser aplicados en las pruebas de pilotaje 2020, resultan necesarias para el desarrollo del Proceso de Selección 2021”.

Otro punto del escrito de la universidad se refiere a que si la entrega de esta información está dentro de los márgenes de la Ley de Transparencia. Ante esto, apunta que el CLPT excedió sus funciones.

“En este contexto, cabe preguntarse si ‘las 4 pruebas PSU 2018 (proceso de admisión 2019)’, información solicitada por la requirente, ¿son un acto administrativo, o si forman parte de un procedimiento administrativo, o si sirven de fundamento para la adopción o si contienen una decisión formal de un Órgano de la Administración del Estado? S.S. Iltma., ciertamente es innegable que la Universidad de Chile y, por ende, DEMRE, forman parte de la administración del Estado, siéndoles aplicables la Ley N° 20.285, pero sólo respecto a información que sea pública conforme a la normativa antes anotada. Ciertamente, en ninguna de las pruebas que solicita la requirente contienen una declaración de voluntad, realizada en el ejercicio de una potestad pública, ni tampoco sirven de sustento o complemento directo o esencial para un acto administrativo, ni forman parte de un expediente administrativo. En tal sentido, el razonamiento del CPLT, al ordenar su entrega, desvirtúa el texto de la Constitución, de la Ley N°19.880; y, por cierto, de la propia Ley N° 20.285”, indican.

psu

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