El objetivo es “estimar ahorros logrados”: CDE inicia análisis de indemnizaciones pagadas por el Fisco en demandas de familiares o víctimas de violaciones a los DD.HH.

Ago 25, 2020 | Actualidad

La medida busca determinar cuánto desembolsó el Estado en casos en que no se llegó acuerdo y se emitió un fallo. Además, detectar el ahorro para las arcas estatales en los procesos en que hubo acuerdo versus lo que habría recibido el demandante en caso de una resolución a su favor.

Andrés López Vergara, En Estrado.

El doble rol del Consejo de Defensa del Estado (CDE) es un tema que ha cruzado históricamente los procesos por violaciones de los derechos humanos en Chile. Por un lado, son férreos perseguidores de la responsabilidad penal de los agentes del Estado que cometieron los delitos de lesa humanidad, siendo parte importante en las investigaciones en que se han condenado, por ejemplo, a los miembros de la cúpula de la Dina o la CNI.

Sin embargo, al momento de que el caso se transforma en un tema civil, su rol cambia a raíz de su papel como defensor de las arcas del Fisco. Al momento de las demandas de las víctimas de torturas y prisión política, o de familiares de detenidos desaparecidos, se convierten en la contraparte que busca que esas acciones judiciales sean rechazadas.

En el último año se ha dado la tendencia en la Corte de Apelaciones de Santiago de aumentar el monto de las indemnizaciones en estos casos. Por ejemplo, hace dos semanas aumentó de $35 a $100 millones la indemnización que el Fisco debía pagar en total a los dos hermanos un detenido desaparecido que fue torturado en Londres 38.

En medio de este escenario, el comité de consejeros del CDE resolvió en la sesión del 18 de agosto que se debe realizar un análisis para determinar cuánto pagó el Estado en estos procesos versus lo que solicitaban los demandantes.

“Solicitar a la División de Defensa Estatal un informe comparativo entre los montos de proposiciones de transacción en causas sobre indemnización de perjuicios por prisión política y tortura que fueron rechazadas por el Consejo y las sumas establecidas en los respectivos fallos ejecutoriados.

Agregan que “además, una estimación de los ahorros logrados en aquellas causas sobre igual materia en que se transigió, en comparación con los promedios de condenas que habrían establecido los tribunales en caso contrario”.

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