“Doctrina Rabat”: Rebaja de condenas a narcotraficantes abre un nuevo frente para el Ministerio de Justicia

Nov 5, 2026 | Actualidad

 La revisión de 150 decretos exentos reveló la concesión de beneficios penitenciarios a 115 ciudadanos extranjeros condenados por tráfico de drogas, entre ellos imputados por cargamentos de hasta una tonelada y reclusos con evaluaciones desfavorables de Gendarmería y de la Comisión de Libertad Condicional. El criterio uniforme invocado por la secretaría de Estado sostiene la imposibilidad legal de denegar la reducción en razón de la gravedad del delito.

Un nuevo frente de complejidad administrativa y judicial enfrenta el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos tras revelarse la dictación de resoluciones exentas que otorgaron reducciones de condena a 115 personas de nacionalidad extranjera sentenciadas por delitos de drogas, dentro de un universo de 150 decretos analizados por una investigación periodística de Interferencia. En ninguno de los expedientes examinados la repartición gubernamental formuló oposición a la concesión de los beneficios penitenciarios.

Los actos administrativos, según publicó el medio Interferencia llevan las firmas del ministro Fernando Rabat y del exsubsecretario Luis Silva, este último actuando en calidad de ministro subrogante. Los decretos emplean una misma fórmula jurídica que fundamenta las decisiones citando un fallo de 2018 de la Corte de Apelaciones de Santiago y dos pronunciamientos de la Corte Suprema. Conforme a dicha doctrina, el ministerio sostiene que “no está habilitado para denegar el beneficio de reducción de condena fundado en la gravedad del delito y el bien jurídico protegido”, el mismo argumento técnico utilizado previamente en las rebajas concedidas en causas por delitos sexuales contra menores de edad y en beneficio de integrantes de bandas criminales.

Cargamentos a gran escala

El desglose de los casos beneficiados identifica al menos 13 causas vinculadas a personas aprehendidas en la frontera norte del país o en rutas de control provenientes de dicha zona, principalmente en la comuna de Colchane. El grupo comprende a ocho ciudadanos bolivianos, tres venezolanos, un colombiano y una argentina, registrándose en cinco de esos procesos sentencias judiciales que acreditaron expresamente el ingreso al territorio nacional por pasos no habilitados.

Entre los antecedentes documentados destaca el caso del ciudadano boliviano Jhoel Ramos Antesana, quien no registraba domicilio en Chile y fue condenado a la pena de cinco años y un día de presidio por su participación en el transporte de más de una tonelada de sustancias ilícitas. La detención se produjo en julio de 2021 en el sector de Alto Lirima, comuna de Pica, cuando se desplazaba en un vehículo que actuaba como “punta de lanza” para la custodia de un cargamento compuesto por 867 kilos de marihuana, 198,7 kilos de clorhidrato de cocaína y 25,3 kilos de pasta base, operación avaluada en más de mil millones de pesos. El 12 de mayo de 2026, la secretaría de Estado dictó el decreto que le rebajó tres meses de condena, concretándose su salida definitiva del recinto penal dos días después.

En esa misma zona fronteriza se dispusieron reducciones para otros condenados por el traslado de importantes volúmenes de droga. Entre ellos figuran Wilber Tenajas Orellana, ciudadano boliviano a quien se le rebajaron siete meses de sentencia tras su condena por ingresar a pie 291,5 kilos de marihuana por Quebrada Chica; Estela Cocha Tito, cuya salida se adelantó en 11 meses; Cristhian Oblitas Uscamayta, condenado por el transporte de 103,4 kilos de marihuana en maletas; y Javier Pérez Mamani, sentenciado por el tráfico de 59,9 kilos de marihuana y un kilo de cocaína.

Evaluaciones de riesgo e informes desfavorables

Las resoluciones ministeriales abarcaron de igual forma a internos que contaban con evaluaciones técnicas desfavorables sobre su proceso de reinserción social. En el caso del ciudadano colombiano Fredy Orlas Heredia, sentenciado por el tráfico de 52 kilos de pasta base decomisados en la garita La Negra, Gendarmería de Chile emitió en abril de 2024 un informe técnico en el que advirtió un “nivel de riesgo de reincidencia alto” y una “carrera delictual prolongada sin ser descubierto por la justicia”, desaconsejando la concesión de una pena mixta.

Posteriormente, en 2025, la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó por unanimidad su solicitud de beneficio al constatar un “estilo de vida parasitario” y concluir que “no ha demostrado avances en su proceso de reinserción social”. No obstante tales antecedentes, el 1 de junio de 2026 el entonces subsecretario Silva, en su calidad de ministro subrogante, suscribió el decreto exento que redujo su condena en seis meses.

Un patrón similar se constató en la causa seguida contra el ciudadano venezolano José Luis Liscano Bermúdez, detenido en octubre de 2021 junto a Víctor Mora Araya tras ingresar por Colchane en posesión de 32,7 kilos de ketamina, una granada de uso militar y dos pistolas. Pese a ser absueltos del cargo por armas y explosivos por fallas probatorias en los peritajes, ambos fueron condenados a cinco años y un día de presidio por tráfico de drogas. A pesar de que sus solicitudes de pena mixta fueron desestimadas por la justicia en 2024 y 2025, el 10 de abril de 2026 el ministro Fernando Rabat firmó el decreto que recalculó el término de la pena, permitiendo que ambos imputados se encuentren actualmente en libertad.

El trasfondo de la crisis institucional

La revelación de los 115 decretos vinculados a delitos de drogas se suma al impacto generado por los 56 beneficios concedidos a sentenciados por delitos sexuales en perjuicio de menores de edad, controversia que derivó en la remoción del subsecretario Luis Silva  y en el anuncio de una acusación constitucional opositora contra el titular de la cartera, Fernando Rabat. En ese primer grupo de resoluciones, las indagaciones identificaron a 33 favorecidos que obtuvieron la libertad sin que sus víctimas fueran notificadas de la decisión administrativa.

 

| LO MAS LEIDO