Camila Torres. Abogada, Estudio Jurídico Arteaga & Gorziglia.
El pasado 21 de marzo se aprobó por el Senado el proyecto de ley que reducirá la jornada ordinaria laboral de 45 a 40 horas semanales. A la espera de su entrada en vigencia, las empresas pueden anticiparse a los desafíos que se presentarán con esta nueva regulación.
Por una parte, esta modificación de jornada no implicará una reducción en las remuneraciones. Las empresas deberán asumir el costo por continuar prestando sus servicios con menos disponibilidad de horas laborales para hacerlo. Asimismo, se restringe la cantidad de horas extraordinarias máximas que podrá acumular un trabajador dentro del mes. Esto significará aumentar los costos dada la necesidad de posibles nuevas contrataciones para cubrir los períodos en que ciertas áreas contarán con menos personal.
También se deberá considerar el costo que implicará mantener a los colaboradores ya contratados prestando servicios por sobre el límite de 40 horas semanales, cuyas horas trabajadas en exceso de dichas 40 horas deberán ser compensadas con un 50% sobre el sueldo convenido.
El nuevo proyecto de ley plantea ciertas alternativas que flexibilizarán las normas actuales. Se propone la posibilidad de contabilizar la jornada en un promedio total mensual, aumentando o disminuyendo las horas de jornada entre una semana u otra. A lo anterior se suma la opción de compensar horas extraordinarias por un máximo de hasta cinco días de feriado adicional. A su vez, se establece que aquellos trabajadores que tengan a su cuidado menores de hasta doce años de edad, puedan anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores.
Sin duda, los empleadores deberán planificar desde ya cuáles serán los sistemas que adopten sus empresas para poder cumplir con la nueva legislación, con el objetivo de no ver afectada su productividad y calidad de servicio.