El Jefe de la Defensoría Penal Pública se refirió al populismo penal, las dificultades de coordinación y la falta de medición de delitos, que -de acuerdo al Primer Informe Anual de Política Criminal y Seguridad Pública en Chile, realizado por el Centro de Estudios en Seguridad Ciudadana – CESC – de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile- aparecen entre los principales desafíos frente a nuevo escenario criminal.
Este martes, el Defensor Nacional Carlos Mora Jano junto a la ministra de Justicia Marcela Ríos y el Fiscal Nacional (s) Juan Agustín Meléndez, participaron de la actividad de celebración de los 20 años del Centro de Estudios en Seguridad Ciudadana –CESC-, de la Facultad de Gobierno de la Universidad de Chile, instancia en la que se presentaron los avances del primer informe anual de Política Criminal y Seguridad Pública de Chile, que da cuenta de las últimas dos décadas en esta materia.
De acuerdo al documento, se observan una serie de nudos críticos institucionales y extra institucionales de larga data: dificultad para medir el delito y recabar más información por parte del Estado; necesidad de una mayor articulación entre agencias del sistema penal; más y mejor medición de las políticas criminales; presión por populismo penal (o irracionalidad al momento de legislar); falta de fundamentación criminológica; infravaloración de los crímenes económicos y falta de una reforma a las policías, entre otros.
En la oportunidad, Mora Jano se refirió a la alta percepción en relación al aumento de delitos, aseverando que “más allá que sean percepciones -las percepciones son legítimas y hay que hacerse cargo de aquellas- son importantes los datos, por ejemplo, desde que empezó la Reforma Procesal Penal, el Código Penal ha tenido 34 modificaciones. (…) Siempre al clamor popular, ha habido modificaciones al Código Procesal Penal”.
“El día de hoy vemos en las noticias, seminarios y conversaciones, una criminalidad desatada, como Defensor Nacional estoy cerca de los números y de las estadísticas, y hay ciertas cosas que uno puede reconocer, evidentemente hay cambios, pero por ejemplo, en 2022 ya tenemos un 37,8% de absoluciones respecto al total de causas. Entonces, podemos evidenciar que se reforma el Código Procesal Penal y seguimos con lo mismo, en 5 y 10 años más, van a seguir las reformas, las famosas agendas cortas, y lo que finalmente hemos logrado con tanta reforma a un sistema que entre el año 2000 y el año 2005 cumplía su finalidad -para lo que fue creado nuestro sistema procesal penal, de justicia abierta, con acceso a la justicia, pública, con publicidad- el día de hoy no es así”, agregó.
Y afirmó que “es impresentable que, sabiendo la falta de dotación que tiene el Ministerio Público, existan juicios económicos que van a durar años. Entonces, cada vez que modificamos la ley, que subimos las penas, ¿qué estamos haciendo? que los jueces suban los estándares de pena, es decir, mientras menos estándar de prueba hay, los jueces condenan con mayor facilidad, pero cuando hay un estándar alto que dice relación con penas altas de diez, quince o veinte años, y las modificaciones penales solo dicen relación con las penas, estamos frente a un problema. Aunque las personas sean condenadas a cinco, diez o veinte años de cárcel, van a salir nuevamente en libertad, entonces, esto tiene que ir de la mano con un sistema penitenciario y resocialización. La resocialización es fundamental para poder sacar del círculo vicioso a las personas que cometen delitos”.
En la misma línea, el Defensor Nacional recalcó la necesidad de contar con “un Banco Unificado de Datos”, argumentando que “no puede ser que la Defensoría Penal Pública tenga unos datos, el Ministerio Público tenga otros, y Paz Ciudadana otras cifras, tenemos que ser capaces de tener los mismos datos y mejorar la comunicación entre los actores, entre el Ministerio Público, la defensa y las policías”.
Por último, reiteró que “ha habido un abuso de la prisión preventiva, pero ello dice relación no solamente con los criterios del Ministerio Público, dice relación con las modificaciones al Código Procesal Penal que han objetivizado la posibilidad de que la Fiscalía pida la prisión preventiva y ha encerrado al juez porque no tiene la posibilidad, muchas veces, de dar otra medida cautelar que no sea la más gravosa”.