Créditos Imagen : Poder Judicial
En Estrado.
Un comunicado de prensa envió ayer el equipo de abogados defensores de la magistrada de garantía de Coyahique, Cecilia Urbina, quien actualmente está suspendida administrativamente por la Corte de Apelaciones de esa ciudad y es indagada por el Ministerio Público por los presuntos delitos de prevaricación y revelación de secreto en una caso de la Ley 20.000 que sanciona el tráfico de drogas. Además, la próxima semana será revisada la querella de capítulos presentada en su contra por estos hechos.
“Estas conductas involucrarían el delito de revelación de secreto, tipificado en el artículo 38 de la Ley 20.000 de drogas, en su inciso tercero y la infracción de prevaricación del artículo 224 número 7 del Código Penal. El escrito de 20 páginas, fue enviado el viernes a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Coyhaique, por el Fiscal Regional, Carlos Palma Guerra. Una Querella de Capítulos, según el artículo 424 del Código Procesal Penal, tiene por objeto hacer efectiva la responsabilidad penal de jueces, fiscales judiciales o fiscales del Ministerio Público por actos que hubieren ejecutado en el ejercicio de sus funciones”, señalaba el comunicado emitido por la Fiscalía Regional de Aysén.
El estudio Trewhela, Ortega y Jara indica en su declaración pública que ” Conforme los últimos acontecimientos que se han venido suscitando en relación con nuestra representada, la Magistrada, Sra. Cecilia Urbina Pinto, es nuestro deber como oficina hacer presente a la opinión pública, y particularmente a la opinión publica especializada como ustedes, las infracciones y vulneraciones cometidas por el Fiscalía Regional de Aysén, y por su Fiscal Regional. En nuestra calidad de abogados defensores hemos visto como -de forma indigna e indecorosa- el Ministerio Público ha interactuado con distintos medios entregando y comentando indiscriminadamente: i) antecedentes de causas reservadas; ii) nombres de imputados y de testigos en causas reservadas; y Iii) la realización y el contenido de diligencias intrusivas que afectan garantías constitucionales, cuya reserva expresamente solicitó el Ministerio Público, sin perjuicio de estar contenidas también en causas reservadas”.
Agregan que “sí, la Fiscalía Regional de Aysén ha vulnerado nuevamente el principio de objetividad que ha de regir su actuar, conforme lo establece la propia Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, toda vez que, aun encontrándose en una etapa investigativa y desformalizada, ha preferido divulgar y ventilar por los medios de comunicación supuestos hechos que, en su sesgado juicio, afectarían a nuestra representada, vulnerando de paso su derecho a la honra, y en definitiva, su derecho a defensa material. Acaso no logra entender el órgano persecutor que esto es justamente lo que tratan de evitar las normas relativas al fuero y, entre ellas, la propia querella de capítulos”.
Finalmente señalan que “la Ley 20.000, mismo delito de vulneración de secreto que la Fiscalía Regional de Aysén, exprofeso comete con la divulgación de información detallada contenida en la querella de capítulos, la cual versa precisamente sobre información sujeta a reserva y sobre la que pesa el deber de reserva para los intervinientes que tienen acceso, sean abogados, jueces y/o fiscales. Cecilia Urbina Pinto es inocente de las imputaciones que se le efectúan, pero como todo ciudadano y ciudadana se somete humildemente al actuar de los Tribunales de Justicia, en los cuales confía, al igual que esta defensa”.
COMUNICADO DE PRENSA (con FEA)