De la cárcel por error al tribunal laboral: Nardy Ribera denuncia discriminación por haber estado presa siendo inocente

Ago 5, 2026 | Actualidad

Dos tribunales civiles reconocieron la responsabilidad del Estado por los daños ocasionados a Nardy Ribera, quien permaneció más de seis meses en prisión preventiva por un falso positivo de cocaína. Ahora sostiene que ese antecedente fue utilizado para tratarla como delincuente y perjudicarla laboralmente. El juicio de tutela contra Sodexo se realizará mañana jueves 6 de agosto ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago.

Diez años después de haber sido encarcelada por un delito que nunca existió, Nardy Ribera Méndez enfrentará una nueva instancia judicial. Esta vez no se discutirá su inocencia penal —establecida mediante un sobreseimiento definitivo—, sino las consecuencias laborales que, según denuncia, continuó sufriendo por haber estado privada de libertad.

Este jueves 6 de agosto se realizará el juicio por la demanda de tutela laboral presentada por Nardy en contra de Sodexo Chile SpA. La acción sostiene que la trabajadora fue discriminada y que se afectaron su honra y dignidad después de que personas de su entorno laboral conocieran la historia que la llevó injustamente a la cárcel.

La audiencia está fijada para las 11:15 horas, en la sala 5 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, causa RIT T-1517-2025.

“Yo pensaba que al salir de la cárcel y demostrar mi inocencia iba a poder comenzar de nuevo. Pero he tenido que seguir explicando que no soy una delincuente. Lo que más duele es que un error que no cometí siga cerrándome puertas”, afirmó Nardy Ribera.

La denuncia laboral

Nardy comenzó a trabajar para Sodexo el 1 de noviembre de 2024 como auxiliar de aseo. Su contrato, inicialmente pactado a plazo fijo, fue extendido hasta el 28 de febrero de 2025.

Según relata la demanda, durante la relación laboral se conoció que años antes había permanecido en prisión preventiva tras ser imputada erróneamente por tráfico de drogas. A partir de ese momento, sostiene la acción, habría comenzado a ser observada y cuestionada como si efectivamente hubiera cometido un delito.

La denuncia describe episodios en los que habría sido tratada como delincuente, imputaciones relacionadas con la pérdida de objetos y cuestionamientos que, según su relato, afectaron su honra y dignidad. Nardy comunicó lo ocurrido a sus superiores y posteriormente remitió los antecedentes a Recursos Humanos de la empresa.

La acción también sostiene que, pese a haber recibido felicitaciones por su desempeño en fechas cercanas al término del contrato, Sodexo decidió no darle continuidad laboral. Para la demandante, la proximidad entre la comunicación de los hechos, el conocimiento que adquirió la empresa y el término de la relación constituye un indicio de que su historia penal influyó en esa decisión.

La abogada de la denunciante, Francisca Portuguez, explicó que la acción busca que el tribunal se pronuncie sobre la prolongación del estigma provocado por la errónea imputación penal.

“Este juicio busca demostrar que una privación de libertad injusta no puede transformarse en una condena social y laboral permanente. Una empresa no puede tratar como delincuente a una trabajadora cuya inocencia fue establecida ni permitir que ese estigma determine su continuidad laboral”, sostuvo la abogada.

Sodexo, por su parte, ha controvertido las acusaciones y sostiene que la relación laboral terminó por el vencimiento del plazo convenido, conforme al artículo 159 N.º 4 del Código del Trabajo. Corresponderá al tribunal determinar si se trató simplemente del término de un contrato a plazo fijo o si las circunstancias que lo rodearon vulneraron los derechos fundamentales de la trabajadora.

Queratina confundida con cocaína

La historia de Nardy se hizo conocida públicamente por uno de los errores más emblemáticos difundidos por el Proyecto Inocentes de la Defensoría Penal Pública.

El 5 de marzo de 2016, mientras viajaba en un bus procedente de Bolivia, fue fiscalizada en el control aduanero de Río Loa. En su equipaje llevaba tres potes de queratina, un producto para el cuidado del cabello. Una prueba de campo arrojó erróneamente que la sustancia correspondía a cocaína.

Nardy fue detenida, formalizada por tráfico de drogas y enviada en prisión preventiva a la cárcel de Alto Hospicio. Desde el comienzo afirmó que los productos no contenían droga.

El 5 de mayo de 2016, un informe del Instituto de Salud Pública confirmó que en las muestras no se detectaron sustancias estupefacientes. Pese a que ese resultado estaba disponible, Nardy permaneció privada de libertad hasta el 13 de septiembre de ese año.

La Fiscalía comunicó posteriormente su decisión de no perseverar, pero la investigación permaneció abierta durante seis años. Recién el 28 de noviembre de 2022, el Juzgado de Garantía de Iquique decretó su sobreseimiento definitivo, bajo la causal que establece que el hecho investigado no era constitutivo de delito.

Dos fallos contra el Estado

Nardy también demandó al Fisco por los daños que le provocaron la detención, la formalización y los más de seis meses que permaneció privada de libertad.

El 12 de marzo de 2026, el Primer Juzgado de Letras de Iquique acogió parcialmente la demanda y condenó al Estado a pagarle $10 millones por daño moral. Posteriormente, el 21 de julio, la Corte de Apelaciones de Iquique confirmó la responsabilidad del Fisco y elevó la indemnización a $35 millones, considerando la gravedad y extensión de las consecuencias sufridas.

El caso laboral abre ahora una nueva dimensión de esa historia: si una persona cuya inocencia fue establecida judicialmente puede continuar siendo perjudicada por el solo hecho de haber estado encarcelada.

Ese será el asunto que deberá resolver el tribunal laboral. La demanda sostiene que el error penal no terminó cuando Nardy recuperó su libertad ni cuando fue sobreseída, sino que continuó persiguiéndola a través del estigma y la discriminación. Sodexo podrá controvertir esa versión y rendir sus pruebas durante el juicio.

 

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